Una resolución publicada en el BOE establece un máximo de 43 representantes

Las elecciones para el Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior se celebrarán antes del 31 de diciembre

Antes de que finalice este año deberán realizarse las elecciones para el Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior (CGEE), según la resolución publicada este miércoles, día 16, en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en donde se recogen las normas para la designación de los miembros de este órgano consultivo.

Las elecciones para el Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior se celebrarán antes del 31 de diciembre

Antes de que finalice este año deberán realizarse las elecciones para el Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior (CGEE), según la resolución publicada este miércoles, día 16, en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en donde se recogen las normas para la designación de los miembros de este órgano consultivo.

En esta resolución, donde se fijan los criterios de la convocatoria para el VII Mandato, se recoge que en la primera convocatoria se elegirán un total de 36 consejeros. El país con más representantes es Argentina, con 4; seguido de Brasil, Cuba, México y Venezuela, con tres representantes cada uno; Bélgica, Suiza, Chile, Ecuador y Uruguay, con dos representantes; y Francia, Irlanda, Italia, Canadá, Costa Rica, Guatemala, Nicaragua, Paraguay, Emiratos Árabes y Australia podrán elegir un representante cada uno. Como la distribución de representantes se hace en función del número de españoles residentes en el país, Francia podría elegir en una segunda votación tres representantes más.

La convocatoria de elecciones la realizará el embajador en cada país, una vez oídos los CRE y a través de los jefes de la Oficina Consular de todas las demarcaciones en los que los CRE estén constituidos. Además, la Embajada facilitará el local para llevar a cabo estas elecciones.

El día de las elecciones se deberá constituir el Colegio Electoral, que deberá contar con la mitad más uno de todos los miembros de los CRE constituidos en el país, se presentarán las listas y se llevarán a cabo las elecciones. Para garantizar la elección de suplentes, cada elector deberá elegir a un miembro más de los representantes elegibles.

La resolución también especifica que “en los países en los que exista más de un CRE, deberá articularse, cuando los medios técnicos y humanos de las oficinas consulares a las que se encuentran adscritos así lo permitan, y previo acuerdo entre los jefes de dichas oficinas consulares y los integrantes de los CRE, un sistema de votación por videoconferencia simultánea”.

En esta resolución, que entra en vigor el jueves 17 de noviembre, se explica que, “una vez finalizado su mandato, los miembros del Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior cesantes, permanecerán en funciones hasta tanto comience el mandato del nuevo Consejo”. También se recoge que durante el periodo en funciones no podrán adoptar acuerdos para los que legalmente se requiera una mayoría cualificada.

El texto publicado en el BOE especifica que si se constituyen nuevos CRE (Consejos de Residentes Españoles) “solo se convocarán elecciones al Consejo General cuando hubiera puestos vacantes de consejeros generales en el país de que se trate” y “siempre que los nuevos CRE lo sean de circunscripciones que sumen, al menos, el 10% de los españoles inscritos en el CERA (Censo Electoral de Residentes Ausentes)”. En todo caso, hay que tener en cuenta que el número máximo de consejeros es de 43 y que, si como resultado de este proceso, se supera el número, se reducirá el número de países que en segunda convocatoria puedan realizar elecciones al Consejo General, “comenzando por los que tienen menos electores censados”. Además, se precisa que en este proceso electoral serán electores todos los miembros de los CRE que se hallen constituidos en el país de que se trate.

La fecha de celebración de los procesos electorales en segunda convocatoria para la designación de consejeros generales se establecerá mediante resolución del titular de la Dirección General de Migraciones.