UNO DE LOS DOS CÓNSULES GENERALES ADJUNTOS DE VENEZUELA ASEGURÓ QUE LOS EXPEDIENTES SE DIGITALIZARÁN EN TODA ESPAÑA

Aguilar informa de que el Registro Civil consular de España se modernizará

Bernábe Ramón Aguilar Arigo, uno de los dos cónsules generales adjuntos, informó que el Registro Civil en España, por ende el consular, se modernizarán porque todos los expedientes se informatizarán o digitalizarán.
Aguilar informa de que el Registro Civil consular de España se modernizará
 El cónsul general adjunto, Bernabé Ramón Aguilar Arigo.
El cónsul general adjunto, Bernabé Ramón Aguilar Arigo.
Bernábe Ramón Aguilar Arigo, uno de los dos cónsules generales adjuntos, informó que el Registro Civil en España, por ende el consular, se modernizarán porque todos los expedientes se informatizarán o digitalizarán. “Es decir el Registro Civil deja de ser un Registro articulado en libros llevados por las oficinas de España y por los registros consulares y pasa a ser un Registro Civil electrónico en el que se practican asientos informáticos configurando una base de datos única”, dijo.
Esta primicia está enmarcada dentro de la nueva Ley del Registro Civil, de fecha 21 de julio de 2011, que fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 22 de julio, y establece un modelo radicalmente distinto suprimiendo los tradicionales libros y creando un registro individual para cada persona a la que desde la primera inscripción que se practique se le asigna un código personal.
“Como todo ello supone cambios muy importantes y complejos -continúa el cónsul general adjunto- que exige una progresiva puesta en marcha del modelo, se ha establecido una “vacatio legis” (periodo que transcurre desde la publicación de una norma hasta que se pone en marcha formalmente) de tres años para su entrada en vigor.
 Como ya había adelantado la pasada semana ‘Magazine Español’ en su sección ‘Crónicas de la Emigración’, Aguilar Arigo recordó que “ha entrado en vigor al día siguiente de la publicación de la Ley en el BOE, es decir el día 23 de julio, y la más interesante para Venezuela es la disposición final sexta que establece que “El derecho de opción previsto en la disposición adicional séptima de la Ley 52/200… podrán también ejercerlo los nietos de las exiliadas españolas que conservaron la nacionalidad española tras haber contraído matrimonio con un extranjero con posterioridad al 5 de agosto de 1954, fecha de entrada en vigor de la Ley de 15 de julio de 1954, siempre que no transmitiesen la nacionalidad española a sus hijos, por seguir éstos la del padre, y formalicen su declaración en tal sentido en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente disposición”.
El agente consular de carrera destacó que esto significa que “los nietos de las abuelas españolas que conservaron su nacionalidad después de casarse con venezolano después de 1954 pueden ahora optar a la nacionalidad española hasta el 23 de julio de 2012, es decir más allá del periodo de vigencia de la Ley de Memoria Histórica que expira el 27 de diciembre de 2011”. Para tal fin los interesados deberán dirigirse única y exclusivamente, con los requisitos exigidos, al Consulado General de España y no a los Consulados o Viceconsulados Honorarios.