Podrán votar por correo entre el 22 de abril y el 12 de mayo y en urna, del 9 al 14 de mayo

Los andaluces en el exterior comenzarán a recibir la documentación para votar el 17-M a partir del 11 de abril

El calendario para votar en las elecciones andaluzas del próximo 17 de mayo en lo que afecta a los residentes en el exterior se inicia el 11 de abril con el primer envío de documentación, que se prolongará hasta el día 17 de ese mismo mes.

Los andaluces en el exterior comenzarán a recibir la documentación para votar el 17-M a partir del 11 de abril
Calendario elecciones

Ese primer envío incluirá dos certificados de inscripción en el censo electoral, un sobre de votación, un sobre con la dirección de la Oficina Consular, otro sobre con la dirección de la Junta Electoral Provincial en España y la hoja informativa con las instrucciones de cómo votar, que contendrá la relación de los centros habilitados para el depósito del voto en la urna.

El segundo envío de documentación, en el caso de que no haya impugnación, se llevará a cabo entre el 22 y 26 de abril, mientras que con impugnación de candidatos está fijado para entre el 27 de abril y el 2 de mayo. Este envío incluirá las papeletas oficiales de las candidaturas proclamadas. Asimismo, las papeletas de cada circunscripción podrán descargarse en esta página web.

Los electores residentes en el extranjero, que recibirán la documentación para poder votar de oficio, sin necesidad de solicitud previa, podrán comprobar sus datos de inscripción entre el 30 de marzo al 6 de abril en las oficinas consulares y también podrán presentar reclamaciones a sus datos de inscripción en los ayuntamientos, consulados o en las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral (OCE) igualmente del 30 de marzo al 6 de abril.

Plazos para votar

Por lo que respecta a los plazos para votar, las fechas van desde el 22 de abril al 12 de mayo para los que quieran remitir el voto por correo a la oficina consular, mientras que los que deseen depositarlo en urna, podrán hacerlo, también en la oficina consular o en los centros habilitados para ello, del 9 al 14 de mayo.

Más de 6,8 millones de ciudadanos podrán ejercer su derecho al voto en esta Comunidad el 17 de mayo próximo, de los cuales, 302.005 residen en el extranjero, a la espera de la resolución final del periodo de reclamaciones.

Málaga, con 70.399, es la provincia andaluza con mayor número de residentes ausentes en el CERA, muy por encima de Granada, que aparece en segundo lugar, con 59.076. Con 50.368 figura Almería y con 42.372, Sevilla. El quinto lugar es para Cádiz, que aglutina 34.083 y el sexto, para Córdoba, con 20.412. Con 14.527 está Jaén, y, por último, Huelva, con 9.044 inscritos más en el censo.

Argentina es el país en el que reside el mayor número de andaluces inscritos, 68.782, seguido de Francia, con 41.512, y de Alemania, donde se registran 32.7847. El cuarto lugar lo ocupa Brasil, con 28.6761, y el quinto, Reino Unido, con 19.902. A continuación, se encuentran Estados Unidos, que reúne a 15.885, y Suiza, con 13.523. Bélgica suma 10.1204; México, 7.121; Países Bajos, 5.269; Cuba, 4.690; Chile, 3.832 y Venezuela, 3.752. 

Andaluces que se encuentran temporalmente en el extranjero

Los electores residentes en Andalucía que, tras la convocatoria electoral, se encuentren temporalmente en el extranjero, podrán votar si figuran inscritos en el Registro de Matrícula Consular como no residentes y solicitar la documentación electoral a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral de su provincia no más tarde del 18 de abril.

La solicitud deberá entregarse personalmente en la Oficina Consular de Carrera o Sección Consular de Embajada (Consulado español más cercano a su residencia temporal en el extranjero).

La Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral remitirá al elector la documentación necesaria para que pueda emitir su voto, por correo certificado, al domicilio en el extranjero indicado en la solicitud, entre el 21 y el 27 de abril.

Dicho plazo podrá ampliarse hasta el 5 de mayo, en caso de existir impugnaciones de candidatos.

Recibida la documentación, los electores deben enviar su voto a la mesa electoral, por correo certificado, no más tarde del 13 de mayo.