La resolución determina que deberán ser en plazo y en condiciones de fiabilidad

El Gobierno autoriza que la EBAU se haga de manera virtual en los centros españoles situados en el extranjero

La Secretaría de Estado de Educación y la Secretaría General de Universidades han firmado una resolución conjunta por la que se establece que la Evaluación de Bachillerato para el Acceso a la Universidad (EBAU) de los alumnos de los centros españoles situados en el exterior del territorio nacional podrá hacerse de manera virtual.

 

El Gobierno autoriza que la EBAU se haga de manera virtual en los centros españoles situados en el extranjero

La Secretaría de Estado de Educación y la Secretaría General de Universidades han firmado una resolución conjunta por la que se establece que la Evaluación de Bachillerato para el Acceso a la Universidad (EBAU) de los alumnos de los centros españoles situados en el exterior del territorio nacional podrá hacerse de manera virtual.

Esta resolución, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este jueves, día 3, establece que cuando las pruebas deban tener lugar en países en los cuales estén en vigor medidas sanitarias excepcionales dictadas por sus autoridades y que impidan la realización de las pruebas de manera presencial, podrán llevarse cabo de manera virtual. En caso de que no se establezca un procedimiento virtual deberá en todo caso garantizarse la realización de las pruebas presenciales en condiciones de seguridad conforme a la normativa vigente, pudiendo justificadamente modificarse las condiciones habituales de presencialidad.

La prueba deberá mantener las características, el diseño y el contenido de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad, así como las fechas máximas de realización y de resolución de los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas.

Esta adaptación, motivada por la pandemia, afecta a los centros españoles situados en el exterior del territorio nacional, los programas educativos en el exterior, los programas internacionales, el alumnado procedente de sistemas educativos extranjeros y las enseñanzas a distancia en el curso 2020-2021, cuando dichas pruebas deban celebrarse en un país extranjero que tenga implantadas medidas sanitarias excepcionales que impidan la realización de las pruebas en las condiciones habituales de presencialidad.