Opinión

Españoles de ‘destino’

Españoles de ‘destino’

De la misma manera que hay, según la Constitución española, “españoles de origen” podríamos inventar la fórmula de ‘españoles de destino’ para aquellos a los que el destino, trabajador en la burbuja inmobiliaria, servir como asalariado en las Fuerzas Armadas, matrimonio, etcétera, hizo que después de cierto tiempo de residencia en el Estado español accediesen a la ciudadanía española.
Somos muchos los que consideramos como anacrónica y anticonstitucional la diferenciación entre españoles de origen y los que no lo son. Algunos defienden su existencia, sólo en ese supuesto, cuando se utiliza como vía de acceso a la ciudadanía española.
La Constitución cojea no sólo en ese tema. El acceso, en cientos de miles, de ciudadanos latinoamericanos a la ciudadanía española deja claro que se puede ser español y otra cosa, pero ese ser español y otra cosa es privativo para los nacidos fuera del Estado español, pues los ciudadanos gallegos, catalanes y vascos tienen prohibido ser nacionales de sus respectivas nacionalidades y por mandato constitucional están subsumidos, nunca mejor dicho, a la nación española, que es indivisible territorialmente.
Un técnico del Ministerio de Justicia del departamento de nacionalidad nos explicaba que la ciudadanía española no se podía transmitir ‘ad aeternum’ entre ciudadanos españoles nacidos en el extranjero. Una de las causas que alegaba era que a nadie se le podía obligar a ser español.
Acto seguido, caía en contradicción cuando expresaba que en su departamento eran muchas las cartas que recibía, recalcaba que en “catalán”, renunciando a la “nacionalidad española”. Aseguraba que no las tramitaba, porque el Estado español no podía aceptar la renuncia y el acceso a la condición de apátrida.
Lo cierto es que los catalanes que renuncian a la condición de españoles no lo hacen para ser apátridas sino catalanes. Mal está la cosa cuando en pleno siglo XXI los expertos jurídicos del Ministerio de Justicia en materia de nacionalidad consideran que la condición de español pertenece a la condición de la nacionalidad española y no a la de ciudadano, como lo entienden mayoritariamente vascos, catalanes y muchos gallegos.
Puede alegarse que así lo estipulan las leyes, pero cuando les conviene, sean constitucionales o no, rápido las cambian sin ningún tipo de problema.
¿No sería mejor el reconocimiento de la pluralidad nacional del Estado español que obligar a la gente a ser y sentirse legalmente un extraño en su propia tierra? De igual manera que un latinoamericano no tiene que renunciar a su anterior nacionalidad para adquirir la ciudadanía española ¿por qué se les niega esa condición de binacionalidad a gallegos, vascos y catalanes?