La cuantía individual de cada subvención no podrá superar los 40.000 euros

Las entidades asistenciales del exterior tienen de plazo hasta el 11 de junio para solicitar las ayudas de Exteriores

Las entidades o instituciones asistenciales del exterior que prestan ayuda a los ciudadanos españoles carentes de recursos tienen de plazo hasta el 11 de junio para solicitar las subvenciones que les concede el Ministerio de Asuntos Exteriores. Así se recoge en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del pasado 10 de mayo en el que se da cuenta de extracto de la Orden por la que se convocan las ayudas.

Las entidades asistenciales del exterior tienen de plazo hasta el 11 de junio para solicitar las ayudas de Exteriores

Las entidades o instituciones asistenciales del exterior que prestan ayuda a los ciudadanos españoles carentes de recursos tienen de plazo hasta el 11 de junio para solicitar las subvenciones que les concede el Ministerio de Asuntos Exteriores. Así se recoge en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del pasado 10 de mayo en el que se da cuenta de extracto de la Orden por la que se convocan las ayudas en dicho apartado para el ejercicio de 2018.

Podrán beneficiarse de estas ayudas, cuyo importe máximo estipulado será de 499.000 euros, las entidades o instituciones asistenciales domiciliadas en el extranjero que presten ayuda a ciudadanos españoles en el exterior que se encuentren en estado de necesidad y carentes de recursos propios, siempre y cuando cumplan los requisitos exigidos en la convocatoria.

El objetivo de la iniciativa consiste en conceder ayudas económicas a las mencionadas entidades que presten ayuda a los españoles de forma gratuita o semigratuita con el fin de estimular, compensar y complementar la actuación asistencial de dichas instituciones.

La cuantía individualizada de cada subvención no podrá exceder de los 40.000 euros, según la Orden publicada en el BOE.