Recaen en la Dirección General de Españoles en el Exterior y Asuntos Consulares

El BOE publica la estructura de Exteriores donde se definen las competencias sobre españoles en el extranjero

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó, el pasado miércoles, día 8, el decreto de la estructura básica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación en el que se recogen que las competencias de proteger y asistir a los españoles residentes en el exterior recaen en la Dirección General de Españoles en el Exterior y Asuntos Consulares.

El BOE publica la estructura de Exteriores donde se definen las competencias sobre españoles en el extranjero

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó, el pasado miércoles, día 8, el decreto de la estructura básica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación en el que se recogen que las competencias de proteger y asistir a los españoles residentes en el exterior recaen en la Dirección General de Españoles en el Exterior y Asuntos Consulares.

Asimismo, explica que los órganos superiores y directivos del Ministerio son la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores y para Iberoamérica y el Caribe, la Secretaría de Estado para la Unión Europea, la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional, la Secretaría de Estado de la España Global y la Subsecretaría de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

De esta última dependen la Secretaría General Técnica, la Dirección General del Servicio Exterior, la Dirección General de Españoles en el Exterior y Asuntos Consulares y la Dirección General de Protocolo, Cancillería y Órdenes.

Las funciones que establece para la Dirección General de Españoles en el Exterior y Asuntos Consulares son la de impulsar, coordinar y supervisar todas las actuaciones de las oficinas consulares españolas en la gestión de los servicios de la Administración General del Estado que se prestan en el exterior.

Le compete, asimismo, la propuesta, elaboración y aplicación de la política en materia de protección y asistencia a las personas de nacionalidad española en el extranjero, así como en materia de asilo, en la esfera de actuación del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y sin perjuicio de las competencias atribuidas en estas materias a otros Departamentos, con los que la Dirección General mantiene la necesaria coordinación.

En concreto, este departamento es el encargado de la política de protección de las personas de nacionalidad española en el extranjero, con particular atención a las personas españolas detenidas y a los colectivos especialmente vulnerables, incluyendo en este apartado a las víctimas españolas de violencia contra la mujer, a sus hijos e hijas menores de edad y a las personas españolas sujetas a su tutela, o guarda y custodia, y a las personas mayores de 65 años y menores de edad en situación de desamparo en el extranjero; la coordinación de la acción de las oficinas consulares en la gestión de los servicios que la Administración General del Estado presta en el extranjero; así como la supervisión de los consulados honorarios de España.

También será el encargado de proponer y aplicar las actuaciones en materia de asistencia social a las personas de nacionalidad española en el extranjero, en particular en materia de ayudas y repatriaciones; la gestión del Registro de Matrícula Consular; la coordinación del trabajo de las oficinas consulares de España en el extranjero en lo que concierne a la gestión de los procesos electorales convocados en España; así como la gestión de fondos de los Consejos de Residentes Españoles (CRE) y su convocatoria de elecciones.

Asimismo, este departamento será el encargado de la gestión de emergencias y situaciones de crisis que afecten a la ciudadanía española en el exterior y de la coordinación de las competencias consulares en materia de cooperación judicial internacional, así como de la asistencia, a través de las oficinas consulares de España, a las personas de nacionalidad española que integran los nuevos flujos migratorios, así como a aquellas que se encuentran desplazadas en el exterior.

También serán los responsables de coordinar la tramitación por parte de las oficinas consulares de los visados uniformes, así como la gestión de los visados nacionales, en los términos establecidos en la normativa española, la expedición de pasaportes en el exterior y, en el ámbito propio de las competencias del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, la propuesta y aplicación de la política en materia de inmigración y asilo.