Productos tradicionales con presentación singular

‘Artesanía Alimentaria’, fuera potenciadores de sabor, colorantes o grasas ‘trans’

La Xunta puso en marcha la marca ‘Artesanía Alimentaria’, para poner en valor los productos agrarios y pesqueros que se elaboran de forma tradicional, así como para proteger a sus productores. Se trata de una novedosa regulación que especifica lo que es una producción artesanal para evitar que se emplee de forma inapropiada este término u otros similares como “casero” o “hecho en casa”. 

‘Artesanía Alimentaria’, fuera potenciadores de sabor, colorantes o grasas ‘trans’
11.Productos de Calidad 3
Foto de familia de productos agroalimentarios gallegos con indicativo de calidad.

La Xunta puso en marcha la marca ‘Artesanía Alimentaria’, para poner en valor los productos agrarios y pesqueros que se elaboran de forma tradicional, así como para proteger a sus productores. Se trata de una novedosa regulación que especifica lo que es una producción artesanal para evitar que se emplee de forma inapropiada este término u otros similares como “casero” o “hecho en casa”. 

La medida, que entró en vigor en marzo de este año, permitirá que los alimentos artesanos y caseros gallegos dispongan de un reconocimiento legal y de una trazabilidad que le ofrezca garantías al consumidor, al igual que ocurre ya en otros países de la Unión Europea y en otras comunidades autóbomas.

Los procesos de elaboración de los productos con el sello ‘Artesanía Alimentaria’ deben ser tradicionales, la presentación de los productos debe ser singular para mostrar su calidad diferenciada y se debe respetar en todo momento la norma técnica aprobada para cada tipo de producción. 

Se distinguen un total de 16 grupos de productos entre los que están los lácteos, los cárnicos, los productos de la pesca y de la acuicultura, vinos, licores, sidra, cerveza y productos de panadería y confitería, entre otros. 

Todos estos productos artesanos estarán elaborados con materias primas seleccionadas y no se podrán utilizar potenciadores de sabor, colorantes o saborizantes artificiales quedando el uso de otros adictivos sujetos a importantes restricciones. 

Tampoco se podrán emplear grasas trans (hidrogenadas artificialmente) o grasas procedentes de la palma o de coco. La utilización como materia prima de productos semielaborados queda limitada a casos excepcionales justificados en la norma técnica correspondiente. 

Por otra parte, se admitirá el uso de medios mecánicos para determinadas fases del proceso de elaboración, respetando lo indicado en la norma técnica que corresponda.

Además de la denominación genérica “Artesanía Alimentaria”, también hay otras dos identificaciones que distinguen unos productos artesanales específicos: una para los productos caseros o de la casa y otra para los que se elaboran en la montaña. 

Los primeros serán aquellos obtenidos por empresas artesanales que utilicen como base fundamental las materias primas procedentes de una explotación agraria a la que esté ligada la empresa artesanal.

Por su parte, los productos artesanos de montaña son aquellos elaborados por empresas artesanales alimentarias radicadas en zonas cualificadas cómo “de montaña” de acuerdo con lo que establece el reglamento de la Unión Europea.