Enmiendas del Grupo Popular sobre el retorno

El Partido Popular introdujo una serie de enmiendas al Proxecto de Lei da Galeguidade en lo que se refiere al retorno y, en este sentido, destaca que dicha Lei “establece el marco jurídico en que se desarrollarán las políticas y actuaciones de apoyo al retorno impulsadas por la Administración autonómica a favor de las personas gallegas retornadas, delimita la condición de gallego retornado y establece el procedimiento para acreditar tal condición”.

Enmiendas del Grupo Popular sobre el retorno

El Partido Popular introdujo una serie de enmiendas al Proxecto de Lei da Galeguidade en lo que se refiere al retorno y, en este sentido, destaca que dicha Lei “establece el marco jurídico en que se desarrollarán las políticas y actuaciones de apoyo al retorno impulsadas por la Administración autonómica a favor de las personas gallegas retornadas, delimita la condición de gallego retornado y establece el procedimiento para acreditar tal condición”.

“Tendrán la condición de retornado”, según se recoge en el artículo 53, “los gallegos retornados y las personas gallegas nacidas en Galicia que residiendo fuera de España retornen a la Comunidad Autónoma gallega, siempre que cumplan lo dispuesto en la presente Lei”. Asimismo, “se asimilan a gallegos retornados para los efectos previstos en esta Lei los cónyuges o personas con unión análoga a la conyugal e hijos, de las personas gallegas nacidas en Galicia con residencia en el extranjero, que residiendo fuera de España se establezcan en la Comunidad autónoma de Galicia, y cumplan lo dispuesto en esta Lei”.

Para adquirir la condición de retornado se requiere “ser gallego y nacido en Galicia”, “acreditar o tener relación filial, conyugal o análoga a la conyugal”; “estar en posesión de la nacionalidad española y estar vinculado a un ayuntamiento gallego en padrón de residentes en el exterior antes del retorno” y “estar empadronado en un municipio de la Comunidad Autónoma de Galicia”.

Entre otros asuntos referidos al retorno, la nueva normativa contempla también los motivos que conllevan a la pérdida de la condición de gallego retornado, entre las que figuran dejar de residir en la Comunidad Autónoma de Galicia.