LA ORDEN SE PUBLICó EL MARTES 27 EN EL DOG

Emigración subvenciona el autoempleo y la creación de empresas entre los retornados

El Diario Oficial de Galicia (DOG) publica hoy martes, día 27, las bases reguladoras de las subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para promover el autoempleo y las actividades emprendedoras de las personas emigrantes gallegas y de sus familiares para el año 2013.

Emigración subvenciona el autoempleo y la creación de empresas entre los retornados

El Diario Oficial de Galicia (DOG) publica hoy martes, día 27, las bases reguladoras de las subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para promover el autoempleo y las actividades emprendedoras de las personas emigrantes gallegas y de sus familiares para el año 2013.

La Resolución, firmada por el secretario xeral de Emigración, Antonio Rodríguez Miranda, explica que esta subvención, cuya cantidad máxima a percibir son 6.000 euros, es compatible y complementaria a las ayudas establecidas para la población gallega general por parte de la Consellería de Traballo e Benestar. Este departamento autonómico presentó la pasada semana una línea de financiación de 15,6 millones de euros para apoyar el establecimiento como trabajador autónomo o por cuenta propia; además, hizo públicas las bases reguladoras del programa de las iniciativas emprendedoras y de empleo, que cuenta con un presupuesto de 4,5 millones de euros, y tiene por objeto generar empleo estable para personas desempleadas, principalmente entre la juventud y mujeres; y estas iniciativas, al mismo tiempo, se completan con otros cerca de 4 millones de euros para incentivar, por primera vez, la contratación indefinida de hasta tres trabajadores o trabajadoras, unas ayudas ya publicadas en el DOG el pasado mes de junio.

Con estas líneas de subvenciones a la persona emprendedora, el Gobierno gallego materializa su compromiso de apoyar la creación de nuevas empresas radicadas en Galicia y luchar contra el desempleo. En el caso concreto de la orden de Emigración, se pretende que el retornado o retornada aproveche el bagaje, conocimientos y experiencias profesionales y personales conseguidos en el Exterior en beneficio de toda la comunidad, cree nuevos puestos de trabajo al tiempo que consolida su vuelta a la tierra, e incluso contemple Galicia como destino para la inversión de su patrimonio.

Esta Orden persigue que la persona retornada pueda beneficiarse de esta línea específica de ayudas para su proyecto de autoempleo o empresarial, pero sobre todo que le sirva de reclamo para conocer las establecidas por la Consellería de Traballo e Benestar para la población general.

De esta manera, se incentiva que los proyectos que tengan en mente las personas que han regresado a la Comunidad tomen forma cuanto antes, y ayuden a la recuperación del tejido económico en la Galicia territorial, a través de iniciativas nacidas dentro y también fuera del territorio, especialmente aquellas engendradas a raíz de experiencias profesionales en el Exterior. Al mismo tiempo, se consigue añadir viabilidad a los proyectos del gallego residente en la actualidad fuera de su tierra.

La subvención, cuyo plazo de petición finaliza el 15 de noviembre, cuenta con un crédito total de 50.000 euros que puede ser ampliado.

Podrán optar a la ayuda los gallegos nacidos en Galicia que viven actualmente fuera y quieran regresar y los conyugues –o unión análoga- e hijos de nacidos en Galicia que actualmente viven fuera y quieran regresar. Para optar a la subvención, no pueden haber pasado más de dos años entre la fecha de retorno a España y el alta en la Seguridad Social o mutualidad en el colegio profesional.

Los requisitos específicos para los trabajadores autónomos o por cuenta propia son ser titular o copartícipe de un negocio o formar parte de una sociedad civil o comunidad de bienes de nueva creación y haberse dado de alta en el régimen de la Seguridad Social que le corresponda o en la mutualidad profesional entre el 1 de enero y el 15 de noviembre de 2013.

Los socios trabajadores de sociedades laborales o cooperativas de trabajo asociado deberán contar con entidades legalmente constituidas y/o inscritas en el Registro Administrativo de Sociedades Laborales de Galicia o en el Registro de Cooperativas de Galicia. También será necesaria la afiliación de la entidad en la Seguridad Social y de cada una de las personas trabajadores en el período comprendido entre el 1 de enero y el 15 de noviembre de 2013. Además, al menos uno de los socios trabajadores deberá tener la condición de retornado.

El importe de la subvención concedida será de un 80% del gasto subvencionable según el presupuesto presentado, hasta una cantidad máxima de 3.000 euros para los trabajadores autónomos y de 5.000 para sociedades laborales o cooperativas de trabajo asociado. Las cuantías se podrán incrementar en 1.000 si el solicitante tiene 39 años o menos.

La obtención de esta ayuda es compatible con otras para el mismo fin siempre y cuando, aisladamente o en concurrencia, no supere el límite total del coste de la actividad.

La actividad subvencionada tendrá que ejecutarse y justificarse antes del 15 de diciembre de 2013.

Las personas beneficiarias de la subvención quedan obligadas a la difusión de la financiación por parte de la Secretaría Xeral de Emigración en los actos, documentación y publicaciones que realice, por cualquier medio, con motivo de la actuación subvencionada.