El plazo de presentación de las solicitudes finaliza el 30 de septiembre

Emigración destina ayudas específicas al autoempleo y la creación de empresas por retornados

Por tercer año consecutivo, la Secretaría Xeral de Emigración ha convocado las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de las subvenciones para promover el autoempleo y la actividad emprendedora en la Comunidad gallega de los retornados, y sus cónyuges, para el año 2015.

Emigración destina ayudas específicas al autoempleo y la creación de empresas por retornados

Por tercer año consecutivo, la Secretaría Xeral de Emigración ha convocado las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de las subvenciones para promover el autoempleo y la actividad emprendedora en la Comunidad gallega de los retornados, y sus cónyuges, para el año 2015. Estas subvenciones tienen por objetivo ayudar a los gallegos residentes en el exterior a instalar en la Galicia territorial su propio negocio, y favorecer la creación de nuevos puestos de trabajo.
Con un tope máximo de 8.000 euros por solicitud (en el caso de mujer, hasta 39 años, y miembro de una sociedad laboral o cooperativa), estas ayudas son además compatibles y complementarias con las establecidas –para todas las fases de emprendimiento– para la población gallega general del Instituto Galego de Promoción Económica (IGAPE), dependiente de la Consellería de Economía e Industria, y también a las de la Consellería de Traballo e Benestar.
La intención de Emigración, además de completar estas líneas con una acción adicional, es recordar a los gallegos residentes en el exterior que son también población que puede acogerse a las subvenciones y ayudas de la Xunta para el emprendimiento, y que en su conjunto superan en este año los 27 millones de euros.
Este montante y las líneas concretas para su desarrollo son acciones con las que el Gobierno gallego materializa su compromiso de apoyar la creación de nuevas empresas radicadas en Galicia, y luchar así contra el desempleo. En el caso concreto de la resolución de Emigración, se pretende que el retornado aproveche el bagaje, conocimientos y experiencias profesionales y personales adquiridos en el exterior en beneficio de toda la comunidad; cree nuevos puestos de trabajo al tiempo que consolida la vuelta a su tierra; e mesmo contemple y difunda Galicia como destino para la inversión.


Incentivar la recuperación
Se incentiva que los proyectos que tengan en mente las personas de regreso a la Comunidad tomen forma cuanto antes, y ayuden a la recuperación del tejido económico en la Galicia territorial, a través de iniciativas nacidas dentro y también fuera del territorio, especialmente aquellas generadas a raíz de experiencias profesionales en el exterior.
La iniciativa de Emigración subvenciona los gastos que lleva consigo el establecimiento de los retornados bien como trabajadores autónomos o por cuenta propia, o bien como socios trabajadores de sociedades laborales o cooperativas de trabajo asociado. Así, son objeto de subvención para los destinatarios hasta el 80 por ciento de los gastos de notaría y rexistro, tasas, licencias administrativas, servicios profesionales externos, inversiones derivadas del desarrollo e implantación de la páxina web y de la pasarela de pago para la realización de ventas en línea, publicidad y propaganda, primas de seguros, arrendamiento de local, de maquinaria y de equipamentos informáticos, y suministro de servicios imputables al desarrollo de la actividad, tales como calefacción, agua, electricidad, telefonía e internet. Se trata de ayudar al emprendedor, en la medida de lo posible, a hacer frente a los primeros gastos de establecimiento.
Pueden acogerse a las ayudas los retornados que tengan fijada su residencia en Galicia, y que estén dadas de alta en alguno de los regímenes de la Seguridade Social o mutualidad del colegio profesional que corresponda.
El plazo para la presentación de solicitudes finaliza el 30 de septiembre, y la cuantía tope de la ayuda es de 4.000 euros para autónomos y 6.000 para sociedades laborales o cooperativas, en ambos casos con 1.000 euros a mayores si la persona solicitante tiene 39 años o menos, y otros 1.000 más si es mujer.
A estas ayudas pueden acogerse los gallegos residentes en el exterior que hayan retornado a la Galicia territorial hasta dos años antes a la presentación de la solicitud de la ayuda al abrigo de la resolución, y que residan y ejerzan su actividad laboral o profesional en la Comunidad gallega.