La dotación total asciende a 610.000 euros

Emigración amplía en otros 210.000 euros la partida de ayudas extraordinarias para emigrantes retornados

El Diario Oficial de Galicia (DOG) acaba de publicar la resolución por la que la Secretaría Xeral de Emigración, dirigida por Antonio Rodríguez Miranda, amplía en otros 210.624 euros las ayudas extraordinarias a personas emigrantes retornadas. Se trata del segundo incremento experimentado por esta partida en lo que va de año, y que eleva la cantidad total hasta los 610.624 euros.

Emigración amplía en otros 210.000 euros la partida de ayudas extraordinarias para emigrantes retornados

El Diario Oficial de Galicia (DOG) acaba de publicar la resolución por la que la Secretaría Xeral de Emigración, dirigida por Antonio Rodríguez Miranda, amplía en otros 210.624 euros las ayudas extraordinarias a personas emigrantes retornadas. Se trata del segundo incremento experimentado por esta partida en lo que va de año, y que eleva la cantidad total hasta los 610.624 euros. La primera se publicó el pasado 14 de septiembre y supuso una ampliación de 200.000 euros sobre los 200.000 que ya figuraban en los presupuestos de este departamento autonómico.

Estos incrementos buscan dar respuesta a la creciente demanda de ciudadanos gallegos y descendientes de gallegos residentes en el exterior que regresaron a Galicia, un grupo en el que destacan los gallegos de Venezuela. Son cada vez más quienes, expuestos una situación que se agrava por momentos, regresan a su comunidad de origen.

Solicitudes en tramitación

El plazo de solicitud de estas ayudas se cerró el 31 de agosto, y se presentaron un total de 470 peticiones que se están tramitando. La Resolución de 6 de marzo de 2017, de la Secretaría Xeral de Emigración, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas extraordinarias a personas emigrantes gallegas retornadas establece que su importe podrá ser ampliado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el artículo 30.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba su reglamento.