EL PLAZO SE ABRE EL 1 DE NOVIEMBRE Y SE CIERRA 31 DE DICIEMBRE DE 2015

Las parejas del personal en el exterior podrán suscribir el Convenio Especial Ordinario de la Seguridad Social

Los cónyuges y parejas de hecho del personal funcionario y laboral en el exterior podrán suscribir el Convenio Especial Ordinario de la Seguridad Social desde el 1 de noviembre al 31 de diciembre de 2015.

Las parejas del personal en el exterior podrán suscribir el Convenio Especial Ordinario de la Seguridad Social

Los cónyuges y parejas de hecho del personal funcionario y laboral en el exterior podrán suscribir el Convenio Especial Ordinario de la Seguridad Social desde el 1 de noviembre al 31 de diciembre de 2015.

Así se da cumplimiento a uno de los mandatos que contiene la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado en relación con el apoyo a las familias, para un mejor desempeño de las funciones del Servicio Exterior.

El 15 de octubre se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Orden Ministerial ESS/2119/2015, de 8 de octubre, que abre un plazo extraordinario para que los cónyuges y parejas de hecho del personal funcionario y laboral destinado en el exterior puedan suscribir el Convenio Especial de la Seguridad Social y de esta manera mantener los derechos adquiridos o en curso de adquisición en materia de antigüedad, pensiones y derechos pasivos del sistema español de Seguridad Social.