Aseguran que los votos podrían llegar fue del plazo del escrutinio

La Junta Electoral Central rechaza ampliar el plazo del voto exterior en las próximas elecciones catalanas

La Junta Electoral Central (JEC) rechazó la ampliación del plazo de remisión del voto por correo de los electores que se encuentren en el extranjero, temporal o permanentemente en las próximas elecciones catalanas tal y como pedía la Federación Internacional de Entidades Catalanas (FIEC) y la Consejería de Gobernación y Relaciones Institucionales de la Generalitat de Cataluña.

La Junta Electoral Central rechaza ampliar el plazo del voto exterior en las próximas elecciones catalanas

La Junta Electoral Central (JEC) rechazó la ampliación del plazo de remisión del voto por correo de los electores que se encuentren en el extranjero, temporal o permanentemente en las próximas elecciones catalanas tal y como pedía la Federación Internacional de Entidades Catalanas (FIEC) y la Consejería de Gobernación y Relaciones Institucionales de la Generalitat de Cataluña.

Desde la Junta Electoral se recuerda que el voto exterior tiene unos plazos establecidos que “se suceden unos a otros de manera ordenada y correlativa, por lo que no resulta neutra la prórroga de uno de ellos sino que, por el contrario, comporta la necesaria reducción de alguno de los plazos posteriores”.

Además, explica, la ampliación del plazo para el envío del voto podrían tener un “efecto contraproducente”, ya que podrían llegar a su destino con posterioridad al escrutinio –en mesa o general– que les corresponda.

Desde la Junta Electoral Central se asegura que los informes remitidos por la Oficina del Censo Electoral y por la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos explican que, a pesar de las impugnaciones que se registraron en las listas, los envíos de documentación electoral para el voto de los electores residentes en el extranjero temporalmente ausentes (ERTA) y para los electores residentes ausentes que viven en el extranjero (CERA) han sido realizados en todas las provincias “con suficiente antelación”.

En el escrito remitido a la FIEC, la Junta Electoral Central va contestando a cada una de las propuestas hechas por la Federación en referencia al voto rogado.

Respecto a la necesidad de cambiar el sistema del voto, la Junta explica que eso excede sus competencias, ya que sería necesaria la modificación de la Loreg y eso es competencia del Gobierno.

En referencia a la posibilidad de que cada elector imprima sus papeletas, la Junta asegura que no se puede modificar el modelo oficial de papeleta electoral y que eso afecta a la posibilidad de su descarga electrónica. En este punto deja abierta una posibilidad, explicando que “dicha posibilidad podría ser viable si así fuese recogido en la norma reglamentaria oportuna”.

En lo que se refiere a los electores que tengan que desplazarse al exterior en los días previos a la votación, la Junta Electoral recuerda que la ley impide que un elector pueda solicitar el voto como residente temporal en el exterior si previamente no está inscrito en el Registro de Matrícula Consular. Además, se recuerda que esa inscripción se debe hacer en la Oficina Consular de manera personal para comprobar la identidad y la condición de transeúnte.

En el último punto del escrito, la Junta Electoral Central responde a la petición de verificación de documentación enviada a consulados y embajadas ante casos de retrasos y extravíos de las mismas y asegura que siempre han enviado a los electores que lo han solicitado un informe sobre el incidente planteado. En este punto también asegura que los apretados plazos electorales hacen imposible la llamada ‘solución de segunda oportunidad’ que además no está prevista legal ni reglamentariamente.

Además de contestar a la FIEC y a la Consejería de Gobernación, la Junta Electoral Central ha remitido un informe a la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y Migratorios en la que asegura que “las oficinas consulares españolas llevan a cabo, dando las máximas facilidades, la inscripción en el Registro de Matrícula Consular de aquellos ciudadanos que lo solicitan” bien como residentes en el exterior o como residentes temporales en el exterior.

Además, recuerda que las oficinas consulares han suscrito convenios de franqueo prepagado con “los servicios postales de aquellos países donde más ciudadanos españoles residen con el fin de garantizar la gratuidad del voto”. “En este sentido –explica la Junta Electoral Central– y en lo que respecta a la próximas elecciones al Parlamento de Cataluña, estos países cubren ya 16 países, lo que representa el 85% del censo de españoles en el exterior”. Además, también explica que se han abierto apartados de correo con el objetivo de facilitar la recepción del voto. “De esta manera, se logrará agilizar el envío de la documentación electoral”.

En la nota informativa del JEC también se recogen las principales acciones del Ministerio de Asuntos Exteriores para facilitar el derecho al voto y entre las que están: garantizar la presencia de los cónsules y encargados de secciones consulares durante el proceso electoral para que supervisen el proceso, publicitar en las web del Ministerio el sistema de voto, plazos y demás información útil, así como dar la opción de descargar el impreso de solicitud de voto.

También destacan la puesta a disposición de las oficinas consulares la posibilidad de utilizar valijas consulares extraordinarias o mensajería urgente para que los sobre con los votos lleguen a tiempo a España, así como la formación de equipos electorales en las embajadas y consulados que garanticen el cumplimiento de la normativa electoral y de las instrucciones dadas.

Voto por correo en España

La Junta Electoral Central accedió a la ampliación del plazo del voto por correo en España que se podrá emitir hasta el 24 de septiembre en el horario habitual de cada oficina de Correos y hasta el viernes 25 de septiembre a las 14,00 horas, como máximo, en las localidades en que el día 24 sea festivo, debiendo los Servicios de Correos asegurar la remisión en tiempo hábil de dichos votos a las mesas electorales.