Las subvenciones se podrán solicitar durante 20 días naturales

Este jueves comienza el plazo para pedir las ayudas del Programa de Asociaciones de la Dirección General de Migraciones

Las asociaciones, centros o federaciones que deseen solicitar las ayudas del Programa de Asociaciones de la Dirección General de Migraciones pueden hacerlo desde este jueves, día 8, y durante 20 días naturales, según se recoge en el extracto de la convocatoria publicado este miércoles, día 7, en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Este jueves comienza el plazo para pedir las ayudas del Programa de Asociaciones de la Dirección General de Migraciones

Las asociaciones, centros o federaciones que deseen solicitar las ayudas del Programa de Asociaciones de la Dirección General de Migraciones pueden hacerlo desde este jueves, día 8, y durante 20 días naturales, según se recoge en el extracto de la convocatoria publicado este miércoles, día 7, en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Podrán optar a estas ayudas, para las que se destinarán 1,3 millones de euros, las federaciones, asociaciones o centros de españoles en el exterior que cuenten con más de 50 asociados y que desarrollen una labor asistencial a favor de los españoles del exterior, así como entidades que tengan por finalidad el apoyo y la promoción sociocultural de los españoles en el exterior.

Las entidades solicitantes deberán carecer de ánimo de lucro, estar legalmente constituidas, radicadas en el extranjero y figurar inscritas en el Censo de Asociaciones y Centros (CACE) de la Dirección General de Migraciones, con dos años de antelación a la fecha de presentación de la solicitud.

El objetivo de las ayudas es financiar los gastos de funcionamiento de las federaciones, asociaciones y centros de españoles en el exterior, y además subvencionar los gastos ocasionados por las reparaciones y el mantenimiento de los centros e instalaciones de las entidades radicadas en el exterior, cuya finalidad sea la asistencia social, sanitaria y sociocultural a favor de los españoles del exterior.

Los gastos de funcionamiento imputables a este programa son los de personal vinculado a la actividad subvencionada, alquiler de local, electricidad, gas, agua, línea telefónica de voz y de datos, material informático y de oficina de carácter fungible o consumible y otros de similar naturaleza. Para estos gastos de funcionamiento, podrán imputarse aquellos gastos subvencionables efectuados en 2021.

En el capítulo de gastos de reparaciones y mantenimiento se incluyen aquellos de naturaleza corriente destinados a mantener, reparar y conservar los edificios y locales, siempre que estas acciones no afecten a su estructura ni supongan un incremento de la capacidad o la vida útil de dichas instalaciones.

También se consideran subvencionables por este programa los gastos derivados de la celebración de una asamblea anual por aquellas federaciones que representen o integren a asociaciones o centros de españoles en el exterior de más de un país.

El plazo de ejecución para los gastos de mantenimiento y/o reparación será desde la fecha de resolución de concesión de la subvención hasta el 31 de marzo de 2022.