Así podrán solicitar el voto hasta el 6 de junio y se les enviará hasta el 8 de junio

La JEC aplica a los residentes temporalmente en el extranjero los nuevos plazos de los residentes ausentes

La Junta Electoral Central (JEC) ha decidido aplicar a los residentes temporalmente en el extranjero los nuevos plazos instaurados para los residentes ausentes en las elecciones generales del 26 de junio, y así podrán solicitar el voto hasta el 6 de junio y el plazo para la remisión de la documentación por parte de la Oficina del Censo Electoral finalizará el 8 de junio.

La JEC aplica a los residentes temporalmente en el extranjero los nuevos plazos de los residentes ausentes

La Junta Electoral Central (JEC) ha decidido aplicar a los residentes temporalmente en el extranjero los nuevos plazos instaurados para los residentes ausentes en las elecciones generales del 26 de junio, y así podrán solicitar el voto hasta el 6 de junio y el plazo para la remisión de la documentación por parte de la Oficina del Censo Electoral finalizará el 8 de junio.

En su reunión del pasado 26 de mayo, la JEC decidió adoptar este acuerdo “vistos los informes favorables del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación y de la Oficina del Censo Electoral y habida cuenta de que ya se ha producido la ampliación hasta el 6 de junio del plazo de solicitud de voto por los electores residentes ausentes (CERA), para evitar que se pueda producir confusión sobre esta cuestión y teniendo en cuenta que se han recibido otras peticiones en el mismo sentido, he resuelto ampliar, con carácter excepcional, el plazo de solicitud del voto de los electores residentes temporales ausentes (ERTA) hasta el lunes 6 de junio de 2016, y de forma análoga a como se ha hecho con el voto de los electores inscritos en el CERA, ampliar hasta el 8 de junio de 2016 el plazo de remisión de la documentación electoral por la Oficina del Censo Electoral a los electores residentes temporales ausentes”.

En su resolución, la Junta Electoral Central también decidió que “la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y Migratorios y los respectivos Consulados deberán dar la máxima difusión posible entre los electores a esta ampliación del plazo”.