También, el período del envío por correo y la votación en urna en consulados

La JEC amplía hasta el 26 de enero el plazo de solicitud de voto de los inscritos en el CERA para las elecciones catalanas

La Junta Electoral Central (JEC) ha ampliado hasta el 26 de enero el plazo de solicitud de voto de los catalanes inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) para las elecciones al Parlamento de Cataluña que tendrán lugar el próximo 14 de febrero (14-F). La JEC, en reunión celebrada este viernes 22, adoptó la decisión atendiendo la petición del consejero de Acción Exterior, Relaciones Institucionales y Transparencia de la Generalitat.

La JEC amplía hasta el 26 de enero el plazo de solicitud de voto de los inscritos en el CERA para las elecciones catalanas
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La Junta Electoral Central (JEC) ha ampliado hasta el 26 de enero el plazo de solicitud de voto de los catalanes inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) para las elecciones al Parlamento de Cataluña que tendrán lugar el próximo 14 de febrero (14-F). La JEC, en reunión celebrada este viernes 22, adoptó la decisión atendiendo la petición del consejero de Acción Exterior, Relaciones Institucionales y Transparencia de la Generalitat.

La JEC ha ampliado, asimismo, el plazo de envío de la documentación electoral por la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral a los electores residentes en el extranjero hasta el 2 de febrero, “sin perjuicio de que la citada Oficina remita esta documentación con la mayor celeridad posible”.

En consecuencia, la JEC también amplía el plazo del envío por correo a los Consulados del voto de los electores inscritos en el CERA que opten por esta opción hasta el día anterior al día de la votación, es decir, hasta el sábado 13 de febrero. Además, se amplía el plazo de depósito del voto en urna en los Consulados de los electores inscritos en el CERA hasta el domingo 14 de febrero, como máximo hasta la hora prevista para el cierre de los colegios electores en la península, esto es, hasta las 20 horas (horario peninsular).

La Junta Electoral Central explica en su acuerdo que, “como se ha hecho en otros procesos electorales en los que han concurrido circunstancias extraordinarias, los consulados deberán remitir el viernes 12 de febrero los sobres depositados por los electores y los recibidos por correo hasta esa fecha, junto con el acta expedida por el funcionario consular, con la mayor celeridad posible a la oficina que a estos efectos se constituya en el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, la cual, a su vez, procederá al envío urgente a las correspondientes Juntas Electorales Provinciales”.

En el acuerdo de la JEC, se insta a los consulados a abrir de nuevo el sábado 13 y el domingo 14 de febrero a efectos de recibir tanto los votos por correo remitidos hasta ese momento como aquellos otros que puedan depositar en urna los electores dentro de ese plazo extraordinario. Especifica que, al concluir dicho plazo, los Consulados y Oficinas consulares deberán repetir los trámites realizados tras el período ordinario. “Igualmente deberán remitirse por el mismo cauce y con la mayor celeridad los votos por correo recibidos con posterioridad al domingo 14 de febrero, sin que las oficinas consulares puedan entrar a calificar si la remisión de dichos sobres ha sido efectuada dentro de plazo, tarea que corresponde a las juntas electorales competentes en el momento de efectuar el escrutinio general”.

La Junta Electoral Cental señala que la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares deberá tomar todas las medidas necesarias para procurar que los sobres con los votos de los electores puedan estar a disposición de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos el martes 16 de febrero, de manera que Correos pueda realizar la entrega a las respectivas Juntas Electorales Provinciales para su escrutinio antes de las 8 de la mañana del miércoles 17 de febrero.

Por último, aclara que las Juntas Electorales Provinciales, en el momento de proceder al escrutinio del voto de los electorales inscritos en el CERA, deberán considerar como válidos los votos por correo dirigidos a las oficinas consulares en los que conste su envío no más tarde del sábado 13 de febrero.