La Dirección General de Migraciones dependerá directamente de la Secretaría de Estado

El Gobierno suprime la Secretaría General de Inmigración y Emigración en su nuevo organigrama

La Secretaría General de Inmigración y Emigración ha quedado suprimida del nuevo organigrama ministerial que ha aprobado el Gobierno. La Dirección General de Migraciones, organismo encargado de los temas relacionados con la emigración y los españoles en el exterior, dependerá ahora directamente de la Secretaría de Estado de Migraciones.El Real Decreto por el que se establece la nueva estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales ha sido publicado este miércoles 29 en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
El Gobierno suprime la Secretaría General de Inmigración y Emigración en su nuevo organigrama

La Secretaría General de Inmigración y Emigración ha quedado suprimida del nuevo organigrama ministerial que ha aprobado el Gobierno. La Dirección General de Migraciones, organismo encargado de los temas relacionados con la emigración y los españoles en el exterior, dependerá ahora directamente de la Secretaría de Estado de Migraciones.

El Real Decreto por el que se establece la nueva estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales ha sido publicado este miércoles 29 en el Boletín Oficial del Estado (BOE). En su artículo 21, dispone que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos: La Secretaría de Estado de Seguridad Social y Pensiones, de la que depende la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. Está adscrita a esta Secretaría de Estado, la Intervención General de la Seguridad Social, con rango de Dirección General;

la Secretaría de Estado de Migraciones, de la que dependen la Dirección General de Migraciones y la Dirección General de Inclusión y Atención humanitaria; la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, con rango de Subsecretaría; y, finalmente, la Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, de la que depende la Secretaría General Técnica. 

El artículo especifica que queda suprimida la Secretaría General de Inmigración y Emigración y la Dirección General de Integración y Atención Humanitaria. 

El Gobierno también explica en este Real Decreto que en el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, la Dirección General de Migraciones y la Dirección General de Inclusión y Atención Humanitaria ejercen funciones relevantes respecto de la atención a los ciudadanos españoles en el exterior y retornados; junto a ello, deben reforzarse las funciones de planificación y gestión de los solicitantes de asilo y refugiados, así como las referidas a la adecuada gestión de eventuales situaciones vinculadas a la llegada de inmigrantes. Se trata de funciones que requieren unos conocimientos específicos, unos requerimientos técnicos y una experiencia profesional y de relación con organizaciones representativas y de la sociedad civil que justifican que su titular no sea necesariamente un funcionario público y puedan ser también ejercidas por personas que puedan resultar idóneas para su desempeño. “Por todo ello, se considera conveniente excepcionar de la reserva funcionarial el nombramiento de los titulares de las Direcciones Generales del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones antes mencionadas”, según recoge el Real Decreto.

Funcionamiento eficaz y eficiente

La nueva organización, afirma el Gobierno en el texto publicado en el BOE, responde “a la más adecuada expresión de los objetivos del Gobierno, asegurando el funcionamiento eficaz y eficiente de la Administración General del Estado. Esta nueva distribución competencial se reforzará, además, con el despliegue de mecanismos de coordinación adecuados para asegurar la máxima coherencia, sinergia y unidad de acción en el ámbito de las políticas sectoriales. 

En el articulado de este Real Decreto se determinan los órganos directivos de los diferentes ministerios hasta el nivel de Dirección General. Con posterioridad, deberá aprobarse para cada departamento el real decreto por el que se desarrolla su estructura orgánica básica.

Los cambios en la estructura consisten en la redistribución de órganos directivos ya existentes de acuerdo con la nueva adscripción de las Secretarías de Estado, la creación de nuevos órganos directivos y la modificación de la denominación de otros “para dar así una mejor respuesta a los objetivos prioritarios del Gobierno y de su programa político”, dice el texto del BOE.