La medida, aprobada en el Consejo de Ministros, entrará el vigor el 20 de julio

El Gobierno prorroga hasta el 3 de agosto la limitación de los vuelos directos desde Brasil y Sudáfrica

El Gobierno ha prorrogado –es la duodécima prórroga– hasta el próximo 3 de agosto la limitación de los vuelos directos desde Brasil y Sudáfrica a los aeropuertos españoles por el “impacto de las variantes” autóctonas, que son “de especial preocupación”. La prórroga entrará en vigor el 20 de julio y estará en vigor hasta el 3 de agosto
El Gobierno prorroga hasta el 3 de agosto la limitación de los vuelos directos desde Brasil y Sudáfrica

El Gobierno ha prorrogado –es la duodécima prórroga– hasta el próximo 3 de agosto la limitación de los vuelos directos desde Brasil y Sudáfrica a los aeropuertos españoles por el “impacto de las variantes” autóctonas, que son “de especial preocupación”.

La prórroga, aprobada en el Consejo de Ministros, entrará en vigor a las 00:00 horas del 20 de julio y estará en vigor hasta las 00:00 horas del 3 de agosto, si bien la medida podría modificarse en función de la evolución de la pandemia. 

Según lo previsto en los acuerdos, desde Brasil y Sudáfrica solo podrán realizarse vuelos a España que estén ocupados por ciudadanos españoles o andorranos, así como residentes en ambos países o pasajeros en tránsito internacional a un país no Schengen con escala inferior a 24 horas sin abandonar la zona de tránsito del aeropuerto español.

Sin embargo, estas restricciones no afectan al personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo, según ha informado el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en un comunicado.

Además, se contemplan otras exenciones relativas a vuelos de aeronaves de Estado, servicios de búsqueda y salvamento (SAR), vuelos con escala en territorio español con fines no comerciales y que tengan por destino final otro país, vuelos exclusivos de carga, posicionales (ferry) y humanitarios, médicos o de emergencia.

En todo caso, en función de la evolución de la situación y de la pandemia y especialmente de las decisiones que puedan adoptarse de forma coordinada en la Unión Europea, el Ministerio de Sanidad podrá levantar, con carácter general, estas limitaciones antes de la finalización de dicho plazo.