Cuestiona las cifras que facilita sobre las pensiones del exterior que perciben los retornados

La Feaer rechaza “rotundamente” la imagen del emigrante que pretende transmitir la Agencia Tributaria

La Federación Española de Asociaciones de Emigrantes Retornados (Feaer) rechaza “rotundamente” la imagen del emigrante que la Agencia Tributaria refleja en un comunicado en el que expone la situación de este colectivo en lo que respecta a las pensiones que reciben del extranjero.

La Feaer rechaza “rotundamente” la imagen del emigrante que pretende transmitir la Agencia Tributaria
Eva Foncubierta.

La Federación Española de Asociaciones de Emigrantes Retornados (Feaer) rechaza “rotundamente” la imagen del emigrante que la Agencia Tributaria refleja en un comunicado en el que expone la situación de este colectivo en lo que respecta a las pensiones que reciben del extranjero.

En otro comunicado enviado a los medios y firmado por su presidenta, Eva Foncubierta, la Federación destaca que se habla de percepciones por importe superior a los doscientos mil euros en cuatro años y que se registraron cuotas liquidadas entre los cuarenta mil y cincuenta mil euros y “para nada estas cifras son indicativas de las retribuciones que perciben los emigrantes retornados”, aseguran.

Por el contrario, las pensiones medias que reciben los retornados “son similares a las pensiones que reciben los trabajadores que han cotizado en España”, matizan, y añaden: “Para nada alcanzan las cantidades reseñadas”.

En dicho comunicado, la Feaer asegura que la Agencia Tributaria “se vanagloria” de haber sancionado escasamente a un tercio de los casos, cifra que, desde la Federación, se considera “elevadísima”, si se tienen en cuenta “las particularidades” con las que se encuentran.

“No se puede sancionar de forma automática y sin motivación alguna, tal y como actualmente se está haciendo. No basta con la mera afirmación de haber dejado de ingresar dentro del plazo legalmente establecido, sino que la administración debe razonar la sanción y motivarla debidamente, comprobando que ha habido una intención maliciosa o defraudadora”, sentencian.

Así mismo, entienden que “sancionar un tercio de los casos es desproporcionado, abusivo y con un simple afán recaudatorio”. Es más, el organismo que ampara a los retornados españoles asegura que, si se observan las circunstancias que han concurrido en este asunto, no se debería sancionar “ni uno solo de los casos”. Porque, aclara, no hay que olvidar que “la Agencia Tributaria, hasta hace pocos años, procedía a devolver las autoliquidaciones realizadas por el contribuyente que había incluido pensiones procedentes del extranjero y en concreto de Alemania, ya que acertadamente argumentaba que no estaban sujetas a tributación al ser pagadas con fondos públicos (aplicación del Convenio hispano-alemán para evitar la doble imposición internacional)”. A su juicio, “este criterio se ha cambiado radicalmente por parte de la Agencia Tributaria, sin justificación alguna, ni respaldo normativo”.

Sobre la cuantía de las sanciones impuestas, la Federación recoge lo que expone el comunicado de la Agencia Tributaria, que habla de un importe medio de 264,00 euros, que si se tiene en relación con el importe medio de la deuda, la sanción supera el 40% sobre el principal, según datos de la misma administración.

Recomendaciones a los afectados

Ante esta situación, la Federación propone a los afectados recurrir siempre la apertura del expediente sancionador, comprobar que la cuantía de las pensiones que imputa Hacienda son las correctas y también que se han tenido en cuenta las deducciones por seguridad social que algunas pensiones pueden conllevar.

Si las pensiones son de Alemania, y son pagadas con fondos públicos, no están sujetas a tributación en España hasta el año 2012, informa la Feaer, que pide, además, verificar que las rentas o pensiones del extranjero no son pagadas por una minusvalía absoluta, que España considera rentas exentas, y, en definitiva, no limitarse a pagar sin realizar antes esas comprobaciones y algunas otras más meticulosas.

Finalmente recomienda exigir, si es del interés de cada uno, que la liquidación se pueda fraccionar hasta el máximo tiempo legal establecido y no hasta un máximo de un año, como en la práctica se viene realizando.

Desde la Feaer se entiende que la administración ha cambiado de criterio “de forma injustificada” y que “lo que antes no tributaba, ahora sí lo hace, y además con imposición de recargos y sanciones”. Por eso, a su juicio, deberá responder “por qué nunca ha informado al emigrante de sus supuestas obligaciones, con el agravante de que tenía conocimiento desde siempre, a través de la seguridad social española, de quiénes eran beneficiarios de pensiones procedentes del extranjero”.

Como conclusión, considera que, en este caso, como en otros, “los emigrantes volvemos a ser los grandes perjudicados de este país, del que tuvimos que marcharnos por motivos políticos o económicos y que ahora tras un cambio de criterio en la interpretación de la norma, nos vemos combinados a pagar y a ser sancionados”. “Sinceramente no se trata de pagar, sino de que se están haciendo liquidaciones de forma incorrecta”, apostillan.

Por último, reconocen que están iniciando los primeros contactos a distintos niveles, políticos, sociales, entre variados colectivos, para organizar una gran movilización “que cesará únicamente cuando se cumplan, rigurosamente, las normas que ahora se nos aplican, tanto lo que nos perjudica como en lo que nos beneficia”. 

Todo ello se hará “sin renunciar a exigir la adopción de medidas que tenga en consideración las particularidades de este colectivo y de las rentas que provienen del extranjero, que no son fruto  de la especulación, sino del trabajo y del esfuerzo de muchos trabajadores españoles que se vieron desterrados de su tierra, para poder sustentar a sus familias”.