La cantidad individualizada no podrá exceder de 40.000 euros

Exteriores abre el plazo para solicitar las ayudas destinadas a entidades asistenciales en el extranjero

Las instituciones asistenciales que prestan ayuda a españoles en situación de necesidad en el extranjero pueden comenzar a solicitar las ayudas que destina el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación para estimular, compensar y complementar su acción asistencial, una vez publicada la orden en el Boletín Oficial del Estado del pasado lunes día 24.

Exteriores abre el plazo para solicitar las ayudas destinadas a entidades asistenciales en el extranjero

Las instituciones asistenciales que prestan ayuda a españoles en situación de necesidad en el extranjero pueden comenzar a solicitar las ayudas que destina el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación para estimular, compensar y complementar su acción asistencial, una vez publicada la orden en el Boletín Oficial del Estado del pasado lunes día 24.

El objeto de las subvenciones es la concesión de ayudas económicas a instituciones asistenciales domiciliadas en el exterior que, a iniciativa propia, prestan de forma gratuita, o semigratuita ayuda a ciudadanos españoles en el extranjero que se encuentran en estado de necesidad y carentes de recursos propios.

Podrán ser beneficiarias las entidades o instituciones con personalidad jurídica de derecho privado, domiciliadas en el extranjero, que presten ayuda a ciudadanos carentes de recursos que cumplan con los requisitos exigidos en la convocatoria.

El importe máximo de la subvención será de 499.000 euros, mientras que la cuantía individualizada no podrá exceder de 40.000 euros.

La suma de las cuantías de todas las subvenciones que se concedan a estas instituciones que operan en un mismo país no podrá exceder de 250.000 euros.