PODRáN EJERCER ESTE DERECHO UN TOTAL DE 911.045 ESPAñOLES QUE VIVEN EN EL EXTRANJERO

Los españoles residentes en el exterior deben solicitar el voto para las autonómicas antes del 25 de abril

Los boletines oficiales de las diferentes comunidades autónomas que celebran elecciones el próximo 24 de mayo –todas menos Galicia, Cataluña, País Vasco y Andalucía– publicaron este martes, día 31 de marzo, la convocatoria electoral, en la que podrán votar un total de 911.045 españoles en el exterior, a los que hay que sumar los 6.649 españoles residentes en el exterior que podrán participar en la elección de los representantes en las Asambleas de Ceuta y Melilla.

Los españoles residentes en el exterior deben solicitar el voto para las autonómicas antes del 25 de abril

Los boletines oficiales de las diferentes comunidades autónomas que celebran elecciones el próximo 24 de mayo –todas menos Galicia, Cataluña, País Vasco y Andalucía– publicaron este martes, día 31 de marzo, la convocatoria electoral, en la que podrán votar un total de 911.045 españoles en el exterior, a los que hay que sumar los 6.649 españoles residentes en el exterior que podrán participar en la elección de los representantes en las Asambleas de Ceuta y Melilla.

Los españoles residentes en el exterior que quieran ejercer su derecho a voto deberán solicitarlo antes del 25 de abril. La Oficina del Censo Electoral ha remitido a todos los electores con derecho de voto el impreso oficial de solicitud que podrá ser enviado por correo postal o fax, y, por primera vez, se podrá hacer una solicitud telemática. Para ello es necesario poseer un certificado electrónico reconocido por la Sede Electrónica del INE o utilizar la clave enviada con el impreso oficial.

Desde el 6 al 13 de abril, los electores podrán consultar los datos de inscripción en el censo electoral en sus respectivos consulados y hacer las reclamaciones que consideren oportunas.

El plazo del envío de la documentación para poder votar es desde el 28 de abril hasta el 4 de mayo, si no hay impugnaciones en las listas, y hasta el 12 de mayo, si hubiese impugnaciones en las listas.

El plazo para votar por correo desde el exterior es desde el 28 de abril hasta el 18 de mayo. Aquellos electores que prefieran votar en urna podrán hacerlo el 20, 21 y 22 de mayo.

La comunidad autónoma con mayor número de electores residiendo en el exterior es Madrid, con 241.747; seguida por Castilla y León, 139.888; Canarias, 133.594; Asturias, 106.541; Comunidad Valenciana, 87.772; Cantabria, 33.685; Aragón, 30.898; Castilla-La Mancha, 26.596; Murcia, 26.589; Extremadura, 25.260; Navarra, 23.110; Baleares, 21.443; La Rioja, 13.922; Melilla, 4,256; y Ceuta, 2.393.