EL PLAZO FINALIZA EL 28 DE MAYO

Los españoles del exterior pueden pedir desde este miércoles, día 4, el voto para las elecciones del próximo 26 de junio

Desde mañana, día 4, y hasta el sábado, día 28, los españoles inscritos en el CERA (Censo de Españoles Residentes Ausente) pueden solicitar su voto para participar en las próximas elecciones que se celebrarán el próximo 26 de junio, una vez que el Rey firmó el decreto de disolución de las Cortes y la convocatoria de nuevas elecciones.

Los españoles del exterior pueden pedir desde este miércoles, día 4, el voto para las elecciones del próximo 26 de junio

Desde mañana, día 4, y hasta el sábado, día 28, los españoles inscritos en el CERA (Censo de Españoles Residentes Ausente) pueden solicitar su voto para participar en las próximas elecciones que se celebrarán el próximo 26 de junio, una vez que el Rey firmó el decreto de disolución de las Cortes y la convocatoria de nuevas elecciones.

Los españoles que residen fuera de España deberán formular, mediante un impreso oficial, la solicitud de voto dirigida a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral que le corresponda. Esta petición se puede hacer mediante correo ordinario, fax o vía telemática. En anteriores comicios, la Oficina del Censo Electoral ha enviado a todos los electores residentes en el extranjero el impreso de solicitud de voto y una clave que posibilitaba la petición del voto por internet. Aquellos que no tenían clave de acceso también pudieron hacer la solicitud vía telemática accediendo a la sede electrónica del INE (www.ine.es) y en el apartado de solicitud de voto de los electores del CERA, siempre que contaran con un certificado electrónico asociado al DNI del elector y reconocido por la Sede.

Las solicitudes vía fax o correo postal tuvieron que ir acompañadas de fotocopia del DNI español, fotocopia del pasaporte expedido por las autoridades españolas, certificado de nacionalidad y certificado de inscripción en el Registro de Matricula Consular. Estos dos últimos de expedición gratuita por el Consulado o Embajada en la que esté inscrito.

Las reclamaciones del CERA se podrán hacer entre el 9 y el 16 de mayo.

La Oficina del Censo Electoral enviará las papeletas antes del 6 de junio, plazo que se puede ampliar hasta el 14 si hay impugnaciones en las listas.

Los electores del exterior pueden votar de dos maneras: Por correo o en urna.

Si optan por votar por correo, deberán remitir su voto por correo certificado al Consulado o Embajada que les corresponda antes del 21 de junio.

En caso de querer depositar su voto de manera personal, deberán acudir al Consulado o Embajada que le corresponda del 22 al 24 de junio.

En las pasadas elecciones y ante los problemas en la recepción de papeletas, la Junta Electoral Central obligó a los consulados y embajadas habilitados para el voto en urna a abrir el fin de semana y permitir el voto en urna durante el sábado y el domingo.