TRIBUNA ABIERTA DE ÁNGEL CAPELLÁN

Es hora de corregir errores (y horrores) en las elecciones de los CRE y CGCEE

Recientemente hemos tenido varios procesos electorales para los CRE y Consejo General. Lamentablemente hubo bastante confusión y una bajísima participación que es del todo inaceptable. Las razones fundamentales las hemos señalado ya muchas veces, siendo la principal que el electorado no es debidamente notificado, no se entera, y tiene demasiadas obstáculos para participar.
Es hora de corregir errores (y horrores) en las elecciones de los CRE y CGCEE
Ángel Capellán.

Recientemente hemos tenido varios procesos electorales para los CRE y Consejo General. Lamentablemente hubo bastante confusión y una bajísima participación que es del todo inaceptable.
Las razones fundamentales las hemos señalado ya muchas veces, siendo la principal que el electorado no es debidamente notificado, no se entera, y tiene demasiadas obstáculos para participar. No es de extrañar que la participación sea tan desastrosa. Aunque parte de la culpa la tiene la pasividad y falta de compromiso de muchos electores, la causa fundamental de la abismal participación es sistémica, es decir, las dificultades muchas veces infranqueables que la normativa impone al elector.
Este mismo hecho está en directa contradicción con el mandato constitucional que ordena al Gobierno facilitar en todo lo posible la participación electoral de los emigrantes españoles.
Las peticiones de cambios necesarios propuestas abajo van encaminadas a corregir muchas de las imposiciones y requisitos totalmente innecesarios que reducen dramáticamente la participación ciudadana.

Elecciones de los CRE
La recopilación de avales fue muy problemática en estas elecciones recientes. Debe facilitarse mucho más. No hay razón para que los avales no fueran aceptables si se recogen por e-mail o por fax, así como los que puedan llegar por correo o los que se recojan personalmente, siempre claro debidamente firmados con firma válida. Ha habido una considerable variedad de prácticas que en su caso han favorecido a algunas candidaturas y perjudicado a otras, al no estar la norma clara.
Muchos comentamos que es innecesaria la presentación de fotocopia del DNI o del pasaporte para acompañar al aval. Ya el Consulado debe comprobar siempre si los datos requeridos en el aval mismo (Número de DNI o Pasaporte, nombre y apellidos, dirección completa) son correctos y si debe aceptarse ese aval como válido. Casi siempre el que reúne los avales los pide cuando el elector está en centros españoles o fuera de su casa y no tiene ni el pasaporte ni el DNI consigo pues no los usa de modo habitual. Pretender que vaya a buscarlos o que los traiga otro día es pedir peras al olmo. Esto más que duplica y quizá triplica el número de personas a quien un candidato tiene que solicitar su aval, trabajo muy oneroso e innecesario. Para efecto de los avales, la documentación mencionada no añade nada, durante este paso, a la seguridad y validez del mismo. Por el contrario sí entorpece considerablemente la reunión de los mismos.
Para las elecciones de los CRE, tenemos que facilitar al máximo la participación de todos. No veo que en el futuro próximo, vayamos a conseguir que los Consulados envíen de oficio las papeletas del voto a todos los electores, algo que hemos solicitado. Lo hemos pedido muchos años sin fruto o consecuencia alguna. Dado que el obstáculo principal para lograrlo ha sido el elevado coste de los envíos, para qué esperar en tiempos de vacas flacas lo que no se consiguió durante las vacas gordas. Así pues, a fin de buscar otras soluciones alternativas, por deficientes que sean, pienso que debiera someterse a consideración de la Comisión de Derechos Civiles y Participación del Consejo General y luego al Pleno si tiene lugar, que se facilite al máximo el proceso de petición del voto.
Un buen camino que la tecnología nos ofrece ya es que el consulado acelere el proceso de reunir directorios de los correos electrónicos de los electores con aprobación de los mismos para que se les envíe notificaciones importantes por ese medio. Al llegar las elecciones, debería ser obligatorio para el consulado enviar un documento de notificación a ese efecto.
En las elecciones recientes, aunque los consulados pusieron información en sus páginas web sobre el proceso electoral en curso, algunos lo hicieron enterrando tal información en subdirectorios recónditos, de modo que se hacía totalmente inútil. La convocatoria electoral que emite el Ministerio de Asuntos Exteriores debería especificar claramente que el consulado tiene obligación de poner información clara y completa de la manera más visible en la página principal de su sitio en la web y no en subdirectorios. Peor aún es que algunos consulados no pusieran nada, como ha ocurrido.
Aparte de esto, debería estar permitido que desde los centros, asociaciones, o en grupos que se formen, los españoles que tengan derecho a ello puedan enviar las solicitudes del voto bien sea por fax, correo electrónico o por correo ordinario en sobres individuales. Esto facilitará su participación a muchas personas especialmente los mayores que muchas veces desconocen el modo de realizar estas gestiones o lo consideran demasiado complicado. En las elecciones del año pasado se propusieron limitaciones que en definitiva redujeron mucho la participación cuando debía ser al contrario. Pienso que estas solicitudes, con la asistencia debida al votante, deberían enviarse cada una individualmente (fax, e-mail, o correo) con la documentación requerida adjunta (fotocopia del DNI o pasaporte). Naturalmente cualquier solicitud inválida o repetida se denegará en los consulados.
En cuanto a las dos rondas de elecciones a los CRE, es un adelanto muy importante y positivo. La segunda ronda nos trajo cuatro CREs más, incluido el de Washington, DC. Sin embargo propongo que el plazo para anunciar la nueva convocatoria entre las dos elecciones se abrevie considerablemente de seis meses que establece la presente Orden Ministerial a 3 meses o incluso a 2. Este sería el plazo entre el día de la votación en una convocatoria electoral y el anuncio oficial de la siguiente convocatoria. No olvidemos que al anunciar la convocatoria ya existe un plazo adicional de 60 días para reunir los avales. Esto permitirá que los organizadores de candidaturas que ya han estado comprometidos trabajando en ello en la ronda inicial, pero sin éxito, no se “enfríen” y que haya más continuidad en su trabajo.
Debía quedar claro que en la Comisión Electoral que se forma en las elecciones a los CRE, cada candidatura tiene la prerrogativa de nombrar como su representante bien a su cabeza de lista, o a cualquier miembro de la lista, o a otro ciudadano español que no esté en la misma y cualifique para serlo. Esta norma se ha aplicado diferentemente en diferentes sitios y en diferentes procesos electorales. Debe estar mejor definida y aplicarse uniformemente en todos los consulados.
Hace poco se trajo a mi atención un potencial fraude en la presentación de candidatos para las elecciones de los CRE debido a que se ha aceptado bien el DNI o el pasaporte en las elecciones recientes como prueba de ciudadanía. Alguien que tiene un DNI vigente (ahora válido por 10 años) podría haber perdido la ciudadanía española por hacerse ciudadano de otro país y no haber hecho acto de recuperación. Puesto simplemente: No sería justo ni es legal que nadie pretenda ser candidato a un CRE si no cualifica y si su documentación no prueba que es ciudadano español. Así que el documento primario a exigir para ser candidato debería ser el pasaporte, puesto que todo ciudadano español en el exterior debe tener uno vigente y al día.

Elecciones para el Consejo General
En cuanto a las elecciones a consejero general crean problemas de participación y de representación.
El primero de ellos es que se han dilatado mucho este año. En realidad no hay razón para ello cuando sí hay muchos motivos para establecer un proceso fluido y relativamente rápido. Tanto los CRE que salen de la primera como de la segunda ronda tienen un plazo muy limitado para establecerse y elegir a su presidente (Ver Artículo 23 de la OM). Por qué, una vez que se han establecido esos nuevos CRE, se ha de esperar tantos meses para elegir a nuevos consejeros generales.
En cuanto a representatividad, una importante consideración es que debe ampliarse el cupo de consejeros electos, ahora limitado a 43. No dudo que, dado a elegir, nuestro colectivo preferiría tener un número indudablemente mayor de consejeros electos que de aquellos que vienen diríamos “a dedo” (que son 44). El CERA ha crecido tremendamente desde que se consideró ya este cupo y no ha habido ampliación. Ha crecido también el número de CREs. Todo indicaría que el número de consejeros electos por los CRE del mundo debería ser mayor que el resto. Sobre todo debemos prever que se formarán más CRE con representación más numerosa y en más países. Esto exigiría que al menos todo país que tiene un CRE debería tener un consejero general y los que tienen varios CRE deberían mantener la misma proporción de consejeros establecida ahora ya por norma.
El problema que hemos experimentado recientemente de asignar consejero general a uno o varios CRE de distintas áreas geográficas dentro del mismo país debería codificarse. Es importante que se establezca un equilibrio entre la representatividad geográfica proporcional a la vez que se respeta igualmente la representatividad numérica. No es nada fácil, y sí muy complejo. Ejemplos: Qué se debe hacer en México donde el CRE de México DF representa a 61.000 españoles en el CERA y los de Monterrey y Guadalajara combinados suman 9.000. O en Brasil donde São Paulo tiene 59.000 españoles y los otros cuatro consulados menos de 30.000 en total. O la Argentina donde Buenos Aires tiene 250.000 y el resto de otros cuatro consulados en la Argentina suman unos 90.000. Las prácticas existentes ahora son mucho más apaños mal hechos que soluciones justas al problema de representación proporcional a la vez numérica y geográfica dentro de un país. Pero es algo que debe estudiarse y debatirse. Sin duda se puede encontrar una solución bastante mejor.
Por lo demás, todos hemos visto que la normativa presente de tener las elecciones en una ciudad cuando hay varios CRE extendidos por la geografía del país se hace sumamente cara y difícil de coordinar. Indudablemente, una de las consecuencias obvias es que muchos electores no pueden asistir a la elección aún cuando hubiera quórum. Habrá que proponer la revisión de la normativa en línea con lo que varios han sugerido ya: Que haya tantas mesas electorales simultáneas como hay consulados con un CRE establecido. Debería así celebrarse la elección en cada una por separado con los consejeros locales, contabilizando los resultados al instante y simultáneamente. El ahorro de tiempo y dinero sería considerable al evitar los importantes desplazamientos en varios países. Igualmente la participación sería mayor por la facilidad de acceso pues de otra manera algunos consejeros no podrían desplazarse. Pueden incluso usarse métodos al día de videoconferencia, hoy ya nada caros ni difíciles de organizar.
Varias veces he pensado que la elección de consejeros titulares y suplentes debería ser en dos pasos dentro de la misma sesión. Cuando uno vota por un candidato no sabe si ése acabará siendo consejero titular o suplente. El puesto de titular es mucho más exigente y al votar por él los electores deberían tener en cuenta ciertas cualificaciones que no son necesarias en el de suplente (preparación, experiencia, disponibilidad, dedicación y tiempo, por ejemplo entre otras). Esta elección debería pues ser en un primer paso. A continuación en un segundo paso se elegirían a los consejeros suplentes. Este cambio no añadiría más de 20 minutos a la sesión electoral, quizá menos, y sí que nos aseguraría que los consejeros titulares resultantes fueran los más cualificados y con mejor disponibilidad.
Hay quienes han pedido que la norma para la elección de los consejeros generales debía exigir la presentación formal de candidaturas días antes de la elección, las cuales se harían públicas el día siguiente del plazo de presentación. La verdad que esta propuesta tiene bastante mérito. No es justo que para una elección tan importante como ésta, los electores no sepan por quién pueden votar hasta el momento que se establece el Colegio Electoral. Opino que este es un cambio muy deseable.
Es de esperar que la Comisión de Derechos Civiles tome estos temas seriamente, temas que serán presentados por este consejero como propuestas a su debido tiempo.

Ángel Capellán Gonzalo, es consejero general de la Ciudadanía Española en el Exterior por los Estados Unidos