La cuantía destinada para financiar los gastos se eleva a 1,3 millones de euros

La Dirección General de Migraciones aprueba las ayudas a federaciones, asociaciones y centros del exterior para 2019

Las federaciones, asociaciones o centros de españoles en el exterior sin ánimo de lucro que desarrollen una labor asistencial a favor del colectivo emigrante, así como aquellas que tengan por finalidad el apoyo y la promoción sociocultural de los españoles en el exterior, podrán solicitar en 2019 las subvenciones del Programa de Asociaciones que la Secretaría de Estado de Migraciones, a través de la Dirección General de Migraciones, contempla para el desempeño de su actividad en lo que atañe a los gastos de personal, alquiler del local, electricidad, gas, agua, teléfono, así como material informático y de oficina, entre otros.

La Dirección General de Migraciones aprueba las ayudas a federaciones, asociaciones y centros del exterior para 2019

Las federaciones, asociaciones o centros de españoles en el exterior sin ánimo de lucro que desarrollen una labor asistencial a favor del colectivo emigrante, así como aquellas que tengan por finalidad el apoyo y la promoción sociocultural de los españoles en el exterior, podrán solicitar en 2019 las subvenciones del Programa de Asociaciones que la Secretaría de Estado de Migraciones, a través de la Dirección General de Migraciones, contempla para el desempeño de su actividad en lo que atañe a los gastos de personal, alquiler del local, electricidad, gas, agua, teléfono, así como material informático y de oficina, entre otros.

Así lo acordó la Dirección General por medio de una resolución aprobada el pasado 15 de noviembre en la que establece que dichas ayudas quedan condicionadas a la existencia de crédito presupuestario, adecuado y suficiente en el momento de la concesión.

Para beneficiarse de estas subvenciones, las entidades interesadas en recibir estas subvenciones deberán carecer de ánimo de lucro, estar constituidas legalmente, radicadas en el extranjero y figurar inscritas en el Censo de Asociaciones y Centros de la Dirección General de Migraciones con dos años de antelación a la fecha de presentación de la solicitud. No obstante, deberán esperar a la publicación de la resolución en el BOE para realizar la petición, según se informa en la convocatoria.

La cuantía de las ayudas, que no podrá superar los 40.000 euros, será de carácter variable y estará en función de los gastos totales anuales de funcionamiento de la entidad. En cualquier caso no superará el 30% de los mismos. La resolución también contempla que sólo sean subvencionables programas cuyo coste total sea igual o superior a 500 euros.

Además de los gastos detallados, también se consideran subvencionables en el marco de este programa los derivados de reparaciones y mantenimiento de edificios y locales, siempre que estas acciones no afecten a su estructura ni supongan un incremento de la capacidad o la vida útil de las instalaciones. También se incluyen como subvencionables los gastos que se ocasionen de la celebración de una asamblea anual por aquellas federaciones que representen o integren a asociaciones o centros de españoles en el exterior de más de un país.

En el caso de los gastos por reparaciones y mantenimiento, se podrá subvencionar hasta el 95% de su importe.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el BOE.