Tribuna abierta de Ángel Capellán

Cómo corregir los serios fallos de participación electoral en las elecciones de los CRE de septiembre, 2016

Nuestra meta: La responsabilidad y meta de los miembros de la Comisión Permanente del Consejo General, de los CRE, y sobre todo de la Administración Consular, debe ser ofrecer un máximo de información electoral a la comunidad, conseguir mayor participación en la votación en el día de las elecciones, y facilitar un proceso electoral que se ajuste en todo a las normas y leyes vigentes que regulan estas elecciones.

Cómo corregir los serios fallos de participación electoral en las elecciones de los CRE de septiembre, 2016
Angel Capellan
Ángel Capellán.

Petición a desarrollar por la Comisión Permanente del Consejo General para el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación

Parte I: Análisis del Problema.

Nota importante:

Aunque se designa así en varios sitios, esta no es una propuesta formal tal como establece la Dirección General para su formato y presentación, sino más bien un escrito que elevo a la Comisión Permanente. Dado que hay un canal claro para comunicación de las propuestas formales, pero no para escritos que un consejero quiere elevar a una Comisión, me permito difundirlo por medio de la prensa para que puedan conocerlo también, tanto los consejeros generales, como los miembros de los CRE y las asociaciones españolas en el exterior. 

Es de advertir que la Comisión Permanente podría rechazarlo por completo, decidir analizarlo según considere oportuno, o asumirlo para un estudio más a fondo que le permita revisarlo, consensuarlo, y hacerlo público después como su documento oficial.

Para: Dirección General de los Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y Migratorios.

Tema: Comunicación de normas y prácticas a los Consulados Generales que convocarán elecciones a los CRE en noviembre de 2016.

Nuestra meta:

La responsabilidad y meta de los miembros de la Comisión Permanente del Consejo General, de los CRE, y sobre todo de la Administración Consular, debe ser ofrecer un máximo de información electoral a la comunidad, conseguir mayor participación en la votación en el día de las elecciones, y facilitar un proceso electoral que se ajuste en todo a las normas y leyes vigentes que regulan estas elecciones.

El 5 de julio de 2016 la Comisión Permanente elevó al Ministerio un extenso documento cuyo fin era estimular y facilitar la participación de los electores en las convocatorias electorales de los CRE que se habían hecho ya el 30 de mayo. Lamentablemente los plazos para poner en marcha este proyecto eran sumamente escasos. Comprendo que esto fuera claro motivo para que el documento que desarrolló la Comisión perdiera eficacia por la difícil implementación del mismo.

Qué otra cosa podríamos esperar, sino que los resultados de aquel proceso electoral fueran casi universalmente desastrosos. Si mis datos son correctos, la participación estuvo entre el 0.14% y el 7%. Dado ese fallo tan generalizado, no podemos concluir que se deba primaria o mayormente a la falta de interés o a la ausencia de esfuerzo de los colectivos de españoles en el exterior. Algo podría haber contribuido ello en muchos sitios; quién lo podría negar.

Pero quién duda, por otra parte, de que los problemas y clarísimos impedimentos del sistema de voto en estas elecciones son abrumadores para cualquier votante, y para cuantos organizan candidaturas. Tampoco podemos olvidar que, si bien este año los resultados han sido particularmente desfavorables, se impone recordar que el mismo sistema ha fallado en casi todos los procesos electorales previos durante muchos años. Las excepciones han sido muy raras.

Es inevitable concluir que se hace indispensable y urgente cambiar la normativa. Ésta no responde en manera alguna al claro mandato constitucional establecido en el Artículo 68: La Ley reconocerá y el Estado facilitará el ejercicio del derecho de sufragio a los españoles que se encuentren fuera del territorio de España. Muy poco o nada en la normativa presente facilita el proceso electoral, y por ello, de ninguna manera se ajusta al mandato constitucional. A nadie le debía sorprender que los resultados sean tan disparatados.

Son muchos los factores que en vez de facilitar el proceso electoral establecen lo que es una penosa carrera de obstáculos que sólo puede producir, incluso en el votante más motivado, frustración, desaliento para participar, e incluso un justificado desenfado ya que lo ve tan complicado y tan poco propicio.

Bien es cierto que, en estas últimas elecciones, la Comisión Permanente creyó observar un espíritu de cooperación y buena voluntad en los representantes del Ministerio que asistieron a sus reuniones. Esa actitud positiva estaba clara. Pero, en definitiva, esta buena voluntad no se tradujo en una normativa o instrucciones precisas y uniformes que los múltiples consulados deberían poner en práctica. Prueba de ello fueron las considerables variantes y los procedimientos contradictorios que las oficinas consulares autorizaron o denegaron en sus demarcaciones respectivas. Este resultado no dice mucho de la necesaria unidad de acción que deberíamos esperar. Confiamos que con más diálogo se pueda conseguir para la segunda ronda y para el futuro.

Problemas serios del sistema electoral de los CRE

Basten tan solo unos cuantos ejemplos elocuentes.

• Ya para empezar, no olvidemos que son relativamente pocos los españoles inscritos en el CERA consular, en cualquier demarcación, quienes visitan la página consular en un mes dado. Si ya partimos de cifras probablemente muy bajas, deberemos concluir que aún menos electores se darán cuenta de que hay un enlace indicando que se han convocado elecciones para los CRE. Por ello debemos recalcar que, aunque este es sin duda un punto de partida y un lugar de referencia para cualquiera que lo llegue a saber por diversos caminos, de ninguna manera satisface de por sí el mandato constitucional de facilitar la participación electoral, arriba citado. Hace falta una labor mucho más comprometida.

• En muchos consulados (la mayoría), si bien la convocatoria se puso en la página web consular, no era claramente accesible, y los pocos que van a las páginas web del consulado difícilmente la hubieran visto.

• Igualmente, en la mayoría de los consulados se colgó la convocatoria, linda y moronda, sin ninguna explicación ni orientación adicional que la clarificara. Nada en ese procedimiento invitaba, animaba, o facilitaba la participación.

• No en todos los consulados se permitió la reunión de avales con el envío del aval debidamente rellenado, junto con el documento de identidad, por correo electrónico. Generalmente se permitió el envío por fax, pero en algunos casos, ni siquiera eso. Debo afirmar, con desaliento y enérgica desaprobación, que cualquier oficina consular que ni siquiera permitió la petición del voto por fax está todavía en el siglo XX, y muestra un condenable desprecio por el colectivo de españoles en el exterior.

• Fueron pocos los consulados que permitieron la petición del voto por correo electrónico, y la limitaron solo a petición por fax, correo ordinario, o presencial. Este fue uno de los obstáculos máximos para que los votantes participaran. Parece incomprensible que muchos consulados lo prohibieran, cuando otros lo estaban permitiendo en este mismo año 2016. Pero sorprendentemente este procedimiento ya se había autorizado en las elecciones de 2011. ¿Qué más podríamos decir, sino que hay serios fallos de consistencia normativa y poca coordinación desde el Ministerio?

• Fueron pocos los consulados donde se autorizó el envío de un mensaje informativo a todos los inscritos en la lista de correos electrónicos del consulado. Cuando se había pedido insistentemente que esta fuera una práctica generalizada, se quedó muy lejos de serlo.

• Donde se hicieron los envíos por correo electrónico, el mensaje adolecía de falta de legibilidad, así como de organización y buena presentación visual de la información.

• Tampoco se permitió en algunos sitios que las candidaturas presentaran una página con su plataforma electoral y compromiso de gestión si eran elegidos. Sin ella, el votante que recibía el mensaje del consulado no tenía por lo general ni idea de quién era esa gente o qué ofrecían hacer, bien fuera una o varias candidaturas. Me pregunto, ¿por qué se debería molestar nadie en votar por quienes desconoce y de quienes no tiene idea de lo que quieren llevar a cabo?

• Un solo envío de este mensaje informativo es claramente insuficiente para motivar al votante a participar. ¿Qué empresa se limitaría a hacer un envío publicitario para promocionar un producto específico y esperaría lea bastaría ya sentarse tranquilo y esperar una lluvia de pedidos? Claramente el producto es diferente, pero el método es el mismo.

Parte II: Soluciones Propuestas.

Ideas para presentar una Propuesta de la Comisión Permanente al Ministerio.

1. Es indisputable que los CRE, órganos consultivos y asesores del Consulado, deban tener una visibilidad adecuada en su página web y comparable a las otras instituciones afiliadas con el mismo. Por ello es necesario que bien sea el CRE, donde ya exista como tal, o la institución de los CRE, tengan una entrada y enlace bajo la “pestaña” del Consulado, que es la principal y más visible. Cuando se apunta a ella, y automáticamente se abre la lista de opciones, debía aparecer en el listado un enlace que diga: CRE: Consejo de Residentes Españoles en --- (Nueva York, Buenos Aires, Zúrich, etc.) y si no ha estado establecido antes ya, como CRE: Consejos de Residentes Españoles.

2. Bajo el enlace del CRE, bien el CRE que existe o haya existido hasta el presente, deben ofrecerse listados sucesivos y bien ordenados, con los contenidos pertinentes tal como: ¿Qué son los CRE? Documentos normativos de los CRE.  Procesos electorales de los CRE (Cómo participar, organizar candidaturas, cómo votar), etc. Todo ello está ya definido y existe. Tan solo hace falta colgar los enlaces que den acceso a esa información.

3. Cuando se pone la convocatoria en la página consular, se debía poner el documento propiamente dicho, junto con notas suficientemente detalladas que lleven a los votantes a la información arriba propuesta y que les den a conocer qué beneficios aportan los CRE donde se establecen.

4. En la convocatoria reciente, generalmente, los consulados facilitaron su difusión incluyendo un claro rótulo en la sección de Servicios Consulares. Allí hay ya un enlace titulado ‘Elecciones’. Al pinchar en él, se pasa a una página en la que se incluye otra etiqueta titulada ‘Elecciones de los CRE: Consejos de Residentes Españoles’. Es un método bien pensado. Pero recordemos, esto es tan solo la base, la estructura para los contenidos necesarios y procedimientos complementarios.

5. Por encima de lo que el votante pueda encontrar en la página web del consulado, está la necesidad de que también sea informado por el consulado sobre las elecciones de los CRE. Los votantes que consultan la página web del consulado con cierta frecuencia son relativamente pocos. La inmensa mayoría de los españoles en el CERA del Consulado raramente se enterarían de que haya procesos electorales de los CRE si no se usa un camino proactivo de informarles directamente. Esta ha sido la reivindicación más sistemática reclamada por el Consejo General durante los 25 años de existencia de los CRE. Dado que el fallo mayor en todos estos procesos es la falta de información sobre los mismos, se imponen varios procedimientos que corrijan el serio vacío normativo y las obvias deficiencias que hay ahora.

6. Envíos informativos por correo electrónico: Como ya se ha hecho en algunas demarcaciones consulares en las elecciones de septiembre, es necesario que todas las Oficinas Consulares donde se convocan elecciones hagan un mínimo de dos envíos informativos a todos cuantos están en el directorio de correos electrónicos que cada Consulado tenga ya disponible. Y sería deseable un tercero. Estos envíos son de mínimo coste.

A. El primero deberá informar de la convocatoria de elecciones, al mismo tiempo que se clarifica el proceso de formación de candidaturas y reunión de avales.

B. El segundo es de suma importancia una vez que se haya reunido la Comisión Electoral y haya validado las candidaturas. Este envío debía incluir instrucciones precisas y claramente presentadas de cómo participar en estas elecciones. Es necesario que, además de incluir las listas de las candidaturas que se presentan, se dé la oportunidad a cada una de ellas de presentar una página definiendo su compromiso con la colonia española si son elegidos.

C. Este envío se deben dar instrucciones sobre cuándo empieza la campaña electoral, cuándo se puede empezar a pedir el voto, cuándo se terminan los plazos, dónde estarán las mesas electorales, etc. La Comisión Electoral será la responsable de supervisar cuanta información se incluya en este envío y de asegurarse de que la meta primaria sea la facilitación de la participación electoral.

7. Formación de Candidaturas y Reunión de avales. Habiendo sido la reunión de avales un procedimiento en el que los obstáculos son tan considerables, quién puede dudar de que este paso deba facilitarse al máximo.

A. Es necesario que la reunión de avales se pueda hacer de forma presencial, por correo electrónico, o por fax. Esta práctica se ha aceptado como válida ya hace tiempo. El uso de correo electrónico debe ser formato generalizado y autorizado sin que ninguna Oficina Consular pueda prohibirlo. A las fechas de hoy, es el procedimiento más asequible y fácil de usar para todo elector.

B. El Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior ha declarado y acordado en varias ocasiones que la exigencia de que se incluya fotocopia del pasaporte o DNI para este paso, es totalmente innecesaria. Ya el formulario de aval exige el Número de pasaporte o DNI. Los datos incluidos en él son suficientes para que a su recepción el consulado compruebe si el que avala cualifica para hacerlo. Cualquier aval que no cualifique será siempre declarado inválido.

8. Procedimiento del voto. Dadas las dificultades inherentes al voto rogado, se impone que éste se facilite lo más posible. Por ello, todos los consulados deberán autorizar la petición del voto por correo electrónico. Si el votante quiere hacerlo por fax o por correo ordinario, o personalmente en el consulado, sin duda podría hacerlo. Quién puede negar que la petición por correo electrónico facilita también considerablemente la gestión que debe hacer el consulado para cumplimentarlo.

9. Envío de documentación para votar por correo electrónico:

A. Uno de los pasos más importantes que han fallado en los procesos electorales de ciertos consulados ha sido el envío del paquete de documentos para votar. En algunos consulados aseguran que hacen el envío por correo del paquete del voto a los dos días de recepción de la petición. Pero muchos de los votantes dicen que los reciben una semana más tarde o más. Tal como se hace, es también oneroso para las oficinas consulares, pues exige un trabajo manual considerable.

B. Sin embargo, tenemos noticia de que, en algún consulado, en las elecciones de septiembre de 2016, la oficina consular envió este paquete del voto por correo electrónico y en formato electrónico, incluido el certificado personal para envío con el voto; Se hizo así a cuantos lo habían pedido de esa misma manera, es decir por correo electrónico.

Este procedimiento dio resultados apreciablemente mucho mejores en porcentajes de voto. Es de todo punto incomprensible por qué no debía generalizarse este procedimiento cuando simplifica los costes y labor del consulado, facilita considerablemente la participación al votante, y consigue resultados claramente mejorados de participación. Como dicen en USA, es una situación de ‘win win’, de una doble ganancia.

C. La Comisión Permanente solicita que se establezca y generalice este procedimiento. Todos cuantos pidan el voto por correo electrónico lo deberían recibir también de esa manera.

Estas propuestas y peticiones, así como otras que podrían añadirse, y que vaya a presentar la Comisión Permanente, deberían ser aceptadas por el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación. La Comisión tratará de razonar con el Ministerio para que se lleven a cabo.

En cualquier caso, la petición es que todo procedimiento de los mencionados arriba que el Ministerio apruebe sea comunicado a todos los consulados que deban realizar convocatorias con claras instrucciones para que se pongan en práctica. Sería injusto y antidemocrático que los cónsules tuvieran la discreción para implementarlas o no, y que el resultado fuera que los votantes en ciertos consulados tuvieran el derecho que les corresponde, pero que los otros fueran privados del mismo derecho.

Es esta una triste experiencia que los electores en muchos consulados han tenido que sufrir, con lamentables consecuencias de inaceptable baja participación. No hay justificación alguna para que deba repetirse cuando hay claras soluciones que pueden prevenirlo.