De la subsecretaría dependerá la Dirección General de Españoles en el Exterior

El Ministerio de Asuntos Exteriores, UE y Cooperación contará con cuatro secretarías de Estado y una subsecretaría

El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación contará con cuatro secretarías de Estado y una subsecretaría de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, de la que dependerá la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares, según el Real Decreto por el que se establece la nueva estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
El Ministerio de Asuntos Exteriores, UE y Cooperación contará con cuatro secretarías de Estado y una subsecretaría

El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación contará con cuatro secretarías de Estado y una subsecretaría de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, de la que dependerá la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares, según el Real Decreto por el que se establece la nueva estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, que ha sido publicado este miércoles 29 en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La primera Secretaría de Estado es la de Asuntos Exteriores y para Iberoamérica y el Caribe, de la que dependen los siguientes órganos directivos: Dirección General de Política Exterior y de Seguridad, la Dirección General de Naciones Unidas y Derechos Humanos, la Dirección General para Iberoamérica y el Caribe, la Dirección General para el Magreb, Mediterráneo y Oriente Próximo, la Dirección General para África y la Dirección General para América del Norte, Europa Oriental, Asia y Pacífico.

De la Secretaría de Estado para la Unión Europea dependerán: La Dirección General de Integración y Coordinación de Asuntos Generales de la Unión Europea, la Dirección General de Coordinación del Mercado Interior y otras Políticas Comunitarias y la Dirección General de Europa Occidental, Central y Sudeste de Europa.

De la tercera de las secretarías de Estado, la de Cooperación Internacional, dependerá la Dirección General de Políticas de Desarrollo Sostenible.

La Secretaría de Estado de la España Global tendrá a su cargo tres direcciones generales, la de Diplomacia Económica, la de Estrategia, Prospectiva y Coherencia, y la de Comunicación, Diplomacia Pública y Redes.

De la Subsecretaría de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación dependerán los siguientes órganos directivos: La Secretaría General Técnica, la Dirección General del Servicio Exterior, la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y la Dirección General de Protocolo, Cancillería y Órdenes.

Han quedado suprimidas la Oficina de la España Global, la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales, la Dirección General de Comunicación e Información Diplomática y el Introductor de Embajadores.

El Real Decreto especifica que, en el ámbito del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, se considera conveniente excepcionar de la reserva funcionarial el nombramiento del titular de la Dirección General de Comunicación, Diplomacia Pública y Redes. “La función primordial y necesaria de la actividad de este órgano directivo obedece a la prioridad de desarrollar una activa acción de comunicación de la política exterior que permita al titular del ministerio coadyuvar en el refuerzo del prestigio de la posición exterior de España. Ese esfuerzo necesita de conocimiento profundo y relación con los medios. Así mismo necesita de una coordinación y una utilización más intensiva de todos los instrumentos de diplomacia pública y de su proyección en los medios de comunicación, tanto nacional como internacional. Estas específicas características obligan a que el puesto sea cubierto por un profesional de un perfil con amplios conocimientos, experiencia previa con la Administración Pública y el sector privado y relación profesional con los diversos medios de comunicación, lo que requiere de unas características especiales que hacen aconsejable contemplar la posibilidad de que su titular no tenga necesariamente que detentar la condición de funcionario”, dice el texto publicado en el BOE.