La Administración aceptó la recomendación del Defensor del Pueblo de dotarlo de personal de refuerzo

El Consulado en La Habana registra el mayor número de quejas por demoras en los trámites de la nacionalidad

El Consulado General de España en La Habana (Cuba) es el que suscita un mayor número de quejas por la demora en la tramitación de las solicitudes de nacionalidad, según se constata en el informe anual de la Oficina del Defensor del Pueblo.

El Consulado en La Habana registra el mayor número de quejas por demoras en los trámites de la nacionalidad

El Consulado General de España en La Habana (Cuba) es el que suscita un mayor número de quejas por la demora en la tramitación de las solicitudes de nacionalidad, según se constata en el informe anual de la Oficina del Defensor del Pueblo.

Tras la entrada en vigor de la ley de 2007, la población española residente en La Habana ha pasado de 44.093 residentes a 109.669, a 31 de diciembre de 2013, según este informe. No obstante, en enero de 2014 aún se hallaban pendientes de tramitación 101.115 expedientes más. Desde que se completa la documentación hasta que la misma se revisa, transcurren veinte meses de media, según se apunta.

Como consecuencia, la Administración aceptó la recomendación de dotar al Consulado, al menos temporalmente, de personal de refuerzo, de modo que se garantice la efectiva documentación de la población española inscrita y se agilice la tramitación de los expedientes de nacionalidad aún pendientes.

Del cupo anual de contrataciones de 2014, se han asignado 21 contrataciones temporales, por un período de doce meses cada una, como refuerzo de la plantilla fija de dicho consulado.

En el Consulado General de España en São Paulo (Brasil), tras la entrada en vigor de la misma ley, se presentaron 21.503 solicitudes, de las que en marzo de 2014 se habían resuelto 14.600 y practicado 14.000 inscripciones en los libros del Registro Civil Consular. La plantilla del Consulado no se ha incrementado en los últimos diez años, pese a que el Registro de Matrícula Consular ha pasado de 50.000 personas inscritas en 2003 a 76.444 en 2014.

Por lo que respecta a Venezuela, las personas inscritas en el Consulado en Caracas han pasado de 174.409 a 203.907 y en el de Buenos Aires (Argentina) de

239.301 a 298.812. En ambos casos, la plantilla fija se ha incrementado con un solo nuevo funcionario.

Sanidad a los retornados de Suiza

El Defensor del Pueblo formuló al Instituto Nacional de la Seguridad Social una recomendación, junto a diversas sugerencias sobre los casos individuales, para

que se reconozca el derecho a la cobertura sanitaria como asegurados o beneficiarios del sistema nacional de salud español al colectivo de emigrantes retornados a España, que reciben determinadas prestaciones por parte de Suiza. Tanto la recomendación como las sugerencias han sido rechazadas.

El INSS manifiesta que las interesadas, pues todas las personas que se han dirigido a la institución son mujeres que emigraron a Suiza con su familia y realizaron allí trabajos esporádicos, no pueden acceder a la asistencia sanitaria gratuita por límite de ingresos (100.000 euros/año), ya que se estima que han de tener cubierta dicha asistencia por el sistema suizo. Tampoco se les reconoce como beneficiarias de sus cónyuges, al entender que son titulares de un derecho propio. La solución que se ofrece a estas personas es suscribir un convenio con una mutua suiza o con la Tesorería General de la Seguridad Social en España, con pago de la correspondiente cuota. Ha de tenerse en cuenta que el importe de la prestación que reciben estas personas es muy escaso, no resulta renunciable, y está normalmente por debajo de la cuota a abonar si se suscribe un convenio especial.

La cuestión de fondo es la naturaleza, alcance y cobertura de la prestación suiza, por lo que se ha solicitado a las autoridades diplomáticas y consulares de la Confederación Helvética en España que faciliten información sobre el régimen de derechos, coberturas y obligaciones que conllevan estas prestaciones, así como sobre los requisitos, y, en su caso, costo para estos ciudadanos de la prestación sanitaria por parte del sistema suizo de Seguridad Social (12015822 y relacionadas).

Cotizaciones

El Defensor del Pueblo también califica como “elevadas” las reclamaciones por deficiencias en la tramitación de procedimientos seguidos al amparo de los Reglamentos Comunitarios de Seguridad Social, fundamentalmente por cotizaciones en Francia, así como en aplicación de convenios bilaterales suscritos con países iberoamericanos, especialmente referidos a Argentina y Venezuela y, con menor incidencia, a otros Estados (México, Colombia, Brasil). Esto implica significativas demoras en el reconocimiento y abono de prestaciones, debidas, en su mayor parte, a la falta de colaboración de los organismos de la Seguridad Social de los países extranjeros, pese a los sucesivos requerimientos efectuados por los organismos de enlace españoles.

Pensiones del exterior

La Oficina del Defensor también recomendó la adopción de medidas que garanticen la formación del personal de dicho servicio, de tal forma que la información que faciliten a los ciudadanos sea homogénea y esté debidamente fundamentada, después de constatar que se facilita información totalmente contradictoria sobre una misma cuestión. La Agencia no comparte el criterio de esta institución y estima que el personal está suficientemente formado.

Como ejemplo, la Oficina del Defensor alude a los problemas surgidos con la declaración de las pensiones percibidas del extranjero, lo que ha ocasionado la práctica de numerosas liquidaciones complementarias y la imposición de las correspondientes sanciones, a pesar de que los contribuyentes alegan que desde la Agencia Tributaria les indicaron que no tenían que declarar dichas pensiones.

En el informe anual se recoge que la ley 26/2014, de 27 de noviembre, por la que se modifica la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ha incorporado una disposición adicional única que recoge un beneficio excepcional para los perceptores de pensiones extranjeras: por un lado, un periodo de regularización extraordinario que se extiende hasta el 30 de junio de 2015, en el que los pensionistas podrán regularizar voluntariamente todos los periodos no prescritos del IRPF, sin exigencias de intereses de demora, recargos ni sanciones; y, por otro lado, una condonación de los intereses, recargos y sanciones que se hayan exigido a este colectivo.