Este programa de Migraciones cuenta con un presupuesto de 2,9 millones de euros

Aprobada la orden de ayudas para mayores y dependientes sin recursos en el exterior

Mejorar las condiciones de vida de los españoles mayores y/o dependientes en el exterior mediante el apoyo a centros sociales, centros de día y residencias de mayores es el objetivo de la convocatoria de ayudas realizada por la Dirección General de Migraciones y para la que destina 2,9 millones de euros.

Aprobada la orden de ayudas para mayores y dependientes sin recursos en el exterior

Mejorar las condiciones de vida de los españoles mayores y/o dependientes en el exterior mediante el apoyo a centros sociales, centros de día y residencias de mayores es el objetivo de la convocatoria de ayudas realizada por la Dirección General de Migraciones y para la que destina 2,9 millones de euros.

En el marco de esta subvención se incluye la realización de actividades de carácter informativo, social o asistencial de las instituciones que tengan como finalidad la atención de dicho colectivo.

Podrán optar a estas subvenciones los centros de día, residencias de mayores u otras instituciones radicadas en el exterior, que acojan a personas mayores y/o dependientes no pertenecientes a la población activa, que tengan la condición de españoles en el exterior, o sean cónyuges de éstos, y carezcan de los medios suficientes para subsistir por sí mismos.

Las solicitudes de ayudas se formalizarán en los modelos normalizados que están disponibles en la página web del Portal de la Ciudadanía Española en el Exterior (http://www.ciudadaniaexterior.empleo.gob.es/) y en la sede electrónica del Ministerio de Empleo y Seguridad Social (https://sede.empleoyseguridadsocial.gob.es/es/sede_electronica/index.htm).

El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE) que se realizó el pasado lunes, día 4.

La cuantía de la subvención será variable en función del interés de las actividades a ejecutar, así como del número de españoles atendidos. En todo caso, no podrá superar los 325.000 euros y deberá ejecutarse antes del 31 de marzo de 2017.

El importe de la subvención será el coste total del programa, cuyo importe debe ser igual o superior a 500 euros, una vez deducido el porcentaje de financiación propia, que deberá ser como mínimo del 2%.

A la hora de conceder la subvención, además de tener en cuenta los criterios generales, se tomará en consideración el número de personas de nacionalidad española que se benefician de la ayuda, la repercusión de la ayuda según el grado de necesidad de la colectividad española atendida y la especialización en la entidad solicitante en la atención al colectivo y en el objetivo específico al que se dirige el programa.