Miércoles, 23 de mayo de 2012 21:48
POR AHORA, SIGUEN CONSERVANDO SU PARTICIPACIÓN EN AUTONÓMICAS Y EN GENERALES
El Congreso suprime el derecho al voto emigrante en las municipales
Los principales partidos políticos han llegado a un acuerdo para la reforma de la Ley Electoral (LOREG) en la que suprimen el derecho a voto a los emigrantes en las elecciones municipales manteniendo, por el momento, que puedan votar en el resto de comicios. La Subcomisión tomó este acuerdo ayer miércoles por sorpresa al no estar previsto en el orden del día de la reunión este cambio, que deberá ser ratificado ahora por la Comisión Constitucional y, después, por el pleno de la Cámara baja. La reforma se aplicará por primera vez en las elecciones municipales de 2011, y en principio afectará a los ayuntamientos y también a los cabildos y las diputaciones provinciales.
El acuerdo se ha adoptado sobre la base legal que determina que al alcalde y a los miembros de la Corporación los eligen “los vecinos”, condición de vecindad que, obviamente, no tienen los emigrantes dada su residencia en el extranjero. El Consejo de Estado también aconsejaba tomar esta decisión al haberse constatado que la adscripción del emigrante a un municipio determinado era casi ficticia.
Por el contrario, la subcomisión que preside Alfonso Guerra ha desechado la exclusión de los emigrantes del resto de comicios que se celebran en nuestro país (autonómicas, generales, europeas y referendos). Para estos comicios los electores del exterior podrán votar desde tres días antes de la celebración de los comicios por correo –no precisaron si se les enviará la documentación de oficio o previa petición de la misma- y podrán también hacerlo en urnas en embajadas y consulados.
Otro referente importante, según las fuentes socialistas que informaron en el Congreso de los Diputados, es que no habrá circunscripción única en ninguna de las Cámaras, ni Congreso ni Senado.
Se aparcan así las noticias surgidas en el sentido de que se consideraba la participación electoral de este colectivo únicamente para la elección en el Senado de una representación de entre cuatro y cinco senadores y se descartaba que pudieran intervenir en ninguna convocatoria electoral del país. Como hemos informado desde Crónicas de la Emigración, estas noticias dieron lugar a una fuerte réplica en las últimas semanas desde las organizaciones de españoles en el exterior, a las que en gran parte se ha atribuido la reconsideración de las mismas.
También quedan, pues, frustradas las expectativas de quienes, en base al programa electoral del PSOE, confiaban en obtener en este proceso una representación parlamentaria propia del colectivo en el exterior. Medias tintas para las aspiraciones del colectivo de españoles residentes en el extranjero que no obstante, a buen seguro, se sintieron aliviados siquiera sea porque ‘el mal’ será significativamente menor a lo que se anunciaba como un importante recorte de derechos de participación electoral y que movilizó a sus representantes.
Frente a lo que se mantuvo desde algún otro medio también próximo al entorno de la emigración en las últimas semana, la información contrastada por este seminario siempre estuvo alejada de que PSOE y PP hubiesen acordado, tras la fuerte polémica inicial, dejar el voto procedente del exterior en los mismo términos en los que estaba hasta ahora.
Actualmente, hay 1,3 millones de españoles inscritos en el CERA, una cifra que podría llegar a los 1,7 millones con la plena aplicación de la Ley de Memoria Histórica que permite otorgar la nacionalidad a los descendientes de exiliados políticos.
En cuanto al procedimiento de voto de los inscritos en el CERA, se ha decidido habilitar el voto en urna en los consulados, aunque al mismo tiempo se mantiene abierta la posibilidad de votar por correo, siempre que lo solicite el elector (el llamado voto rogado).
El voto en los consulados se organizará en los tres últimos días de la campaña electoral y las papeletas se enviarán a España por valija diplomática directamente a la junta electoral correspondiente.
Eso sí, en ambos casos será necesario la identificación del elector, enseñando el Documento Nacional de Identidad o pasaporte al depositar el voto en urna en el consulado, o bien introduciendo una fotocopia en el voto por correo, una medida que ya se ha aplicado en los últimos comicios a instancias de la Junta Electoral.
El objetivo es trasladar al CERA el mismo procedimiento garantista que se aplica con los votantes del territorio nacional porque, según explicó el ponente del PP, José Antonio Bermúdez de Castro, la sociedad no podía permitir que el voto de los emigrantes estuviera permanentemente bajo sospecha.
Por último, la subcomisión ha decidido por unanimidad adelantar un mes el censo válido para los comicios generales y limitar las actualizaciones en periodo electoral con el fin de evitar empadronamientos de conveniencia.
Actualmente, el censo que se utiliza en unas elecciones generales es el vigente en el primer día del mes anterior a la convocatoria formal de los comicios (casi noventa días antes de la votación), y al mismo tiempo hay un amplio margen para actualizaciones de datos y cambios.
Los partidos políticos, especialmente los grandes, aprovechan este marco legal para poder mover sus rostros conocidos a circunscripciones que les son ajenas pero en las que el resultado está ajustado y se presenta incierto.
En las últimas generales se produjo un agrio enfrentamiento entre el PSOE y el PP después de que los socialistas situaran como cabeza de lista por Valencia a la vicepresidenta María Teresa Fernández Vega, que se empadronó en Beneixida para votar allí, un acto administrativo que los ‘populares’ tacharon de irregular.
La propuesta aprobada supone adelantar el censo válido para unas generales de tal manera que se utilice aquel que está vigente el primer día del segundo mes anterior al de la convocatoria. Al mismo tiempo, se regularán las posibilidades de hacer modificaciones en ese periodo electoral previo a los comicios de tal manera que, por un lado, prácticamente se limiten sólo a datos personales y a cambios de domicilio dentro de la misma circunscripción, y por otro se evite arbitrariedad en las autorizaciones que debe avalar la Oficina del Censo.
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