La convocatoria, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León del 9 de mayo

Convocadas las ayudas individuales para castellanos y leoneses en el exterior en condiciones de especial necesidad

El Boletín Oficial de Castilla y León (BOCYL) del 9 de mayo, publica la Orden PRE/360/2014, de 5 de mayo, por la que se convocan ayudas dirigidas a los castellanos y leoneses en el exterior que se encuentren en condiciones de especial necesidad. Esta convocatoria es una continuación de la iniciada en el año 2013, con una dotación presupuestaria de 120.000 euros.

Convocadas las ayudas individuales para castellanos y leoneses en el exterior en condiciones de especial necesidad

El Boletín Oficial de Castilla y León (BOCYL) del 9 de mayo, publica la Orden PRE/360/2014, de 5 de mayo, por la que se convocan ayudas dirigidas a los castellanos y leoneses en el exterior que se encuentren en condiciones de especial necesidad.

Esta convocatoria es una continuación de la iniciada en el año 2013, con una dotación presupuestaria de 120.000 euros. Se trata de ayudas de prestación económica directa, de percepción no periódica, individuales y de carácter social y asistencial, destinadas a los castellanos y leoneses en el exterior que se encuentren en situación de necesidad y cuyo objeto es paliar la situación de precariedad por insuficiencia de recursos necesarios para cubrir sus necesidades básicas de subsistencia, de acuerdo a la realidad socioeconómica del país de residencia.

Representa un impulso en la mejora del bienestar social de los castellanos y leoneses en el exterior y un avance en la igualdad de condiciones de todos ellos.

Estas ayudas serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualquier otra administración o ente público o privado.

Podrán ser beneficiarios, siempre que cumplan los requisitos establecidos en esta convocatoria, los españoles en el extranjero así como sus descendientes inscritos como españoles, que de acuerdo con la normativa estatal, se hallen inscritos en el Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero (PERE) de la Oficina Consular correspondiente a su residencia y hayan establecido un municipio de Castilla y León como municipio de inscripción en España. Quedarán excluidos aquellos solicitantes que hubiesen sido beneficiarios de esta ayuda el año inmediatamente anterior a esta convocatoria, incluidos los miembros que componen su unidad familiar.

Para el cálculo de la ayuda se toma como referencia la base de cálculo fijada por el Gobierno de España para cada país en 2013 a efectos de las prestaciones por razones de necesidad.

La cuantía máxima de la ayuda que se pueda conceder a cada solicitante que resulte beneficiario no podrá superar el 20% del índice de referencia establecido en el artículo 7 de la Orden PRE/278/2013, de 22 de abril, (‘BOCyL’ de 25 de abril) por la que se aprueban las disposiciones que regulan el procedimiento para la concesión de estas ayudas. Las ayudas se concederán en función de los criterios de prelación establecidos en esta orden y hasta el agotamiento del crédito presupuestario.

Los pagos se podrán tramitar a través de las comunidades castellanas y leonesas en el exterior que suscriban el oportuno convenio de colaboración.

El plazo para solicitar las ayudas, de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León, finaliza el 9 de julio de 2014.

Más información en la sede electrónica www.tramitacastillayleon.jcyl.es