ESTA INICIATIVA, INICIADA EN 2013, CUENTA CON UNA DOTACIóN PRESUPUESTARIA DE 120.000 EUROS

Convocadas las ayudas de 2015 para castellanos y leoneses del exterior en situación de especial necesidad

El Boletín Oficial de Castilla y León (BOCYL) publica hoy, martes 10 de febrero, la convocatoria de ayudas dirigidas a los castellanos y leoneses que residen en el exterior y se encuentras en condiciones de especial necesidad.

Convocadas las ayudas de 2015 para castellanos y leoneses del exterior en situación de especial necesidad

El Boletín Oficial de Castilla y León (BOCYL) publica hoy, martes 10 de febrero, la convocatoria de ayudas dirigidas a los castellanos y leoneses que residen en el exterior y se encuentras en condiciones de especial necesidad.

Esta convocatoria es una continuación de la iniciada en el año 2013, con una dotación presupuestaria de 120.000 euros. Se trata de ayudas de prestación económica directa, de percepción no periódica, individuales y de carácter social y asistencial, destinadas a los castellanos y leoneses en el exterior que se encuentren en situación de necesidad y cuyo objeto es paliar la situación de precariedad por insuficiencia de recursos necesarios para cubrir sus necesidades básicas de subsistencia, de acuerdo a la realidad socioeconómica del país de residencia. Representan un impulso en la mejora del bienestar social de los castellanos y leoneses en el exterior y un avance en la igualdad de condiciones de todos ellos.

Estas ayudas serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualquier otra administración o ente público o privado.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la orden de convocatoria, los españoles residentes en el extranjero que hayan tenido la última vecindad administrativa en Castilla y León y acrediten esta condición en la forma prevista en la legislación estatal, así como sus descendientes inscritos como españoles en la forma que determine la ley del Estado, siempre que figuren inscritos en un municipio de Castilla y León en el correspondiente padrón de españoles residentes en el exterior. Quedarán excluidos aquellos solicitantes que hubiesen sido beneficiarios de esta ayuda los dos años inmediatamente anteriores a esta convocatoria, incluidos los miembros que componen su unidad familiar.

Para el cálculo de la ayuda se toma como referencia la base de cálculo fijada por el Gobierno de España para cada país en 2014 a efectos de las prestaciones por razones de necesidad.

La cuantía máxima de la ayuda que se puede conceder a cada solicitante que resulte beneficiario no podrá superar el 20% del índice de referencia que se cita en el párrafo anterior. Las ayudas se concederán en función de los criterios de prelación establecidos en la orden de convocatoria y hasta el agotamiento del crédito presupuestario.

Los pagos se podrán tramitar a través de las comunidades castellanas y leonesas en el exterior que suscriban el oportuno convenio de colaboración.

El plazo de presentación de solicitudes es de cuarenta y cinco días naturales contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.