Se harán a través de la Fundación España Salud

Publicadas las bases para seleccionar a los beneficiarios de prestaciones sanitarias en Venezuela

El Boletín Oficial de Canarias (BOC) ha publicado hoy martes, día 19, las bases para la selección de los 1.076 canarios beneficiarios de las prestaciones sanitarias de la Fundación España Salud, en virtud del Convenio suscrito entre el Gobierno de Canarias y dicha Fundación.

Publicadas las bases para seleccionar a los beneficiarios de prestaciones sanitarias en Venezuela

El Boletín Oficial de Canarias (BOC) ha publicado hoy martes, día 19, las bases para la selección de los 1.076 canarios beneficiarios de las prestaciones sanitarias de la Fundación España Salud, en virtud del Convenio suscrito entre el Gobierno de Canarias y dicha Fundación.

Las ayudas, cuyo plazo para presentar las solicitudes será de 15 días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación en el BOC, tienen por “objeto de equiparar las prestaciones sanitarias que perciben los canarios que residen en Venezuela con las que ofrece el Sistema Canario de Salud”.

Los requisitos para acceder a estas ayudas son haber nacido en Canarias y residir en Venezuela, haber cumplido 65 años en el momento en que se termine el plazo de presentación de solicitudes, no percibir la prestación económica por ancianidad, procedente del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, encontrarse en situación de necesidad, por precariedad económica y ancianidad y no ser beneficiarios de ningún seguro médico.

Además de presentar el modelo de solicitud cubierto, los solicitantes deberán presentar una fotocopia del pasaporte español o documento público español acreditativo del lugar y fecha de nacimiento; una fotocopia de la cédula de identidad de Venezuela del solicitante y, en su caso, del cónyuge, pareja de hecho y demás miembros de la unidad económica de convivencia; un certificado o justificante acreditativo de los ingresos, rentas o pensión de cualquier naturaleza que perciba el interesado y/o miembros de la unidad económica de convivencia. En caso de no tener ingresos se deberá presentar una declaración de los ingresos anuales de 2015.

También deberá incluir una declaración responsable del interesado de que ningún miembro de la unidad económica de convivencia, incluido el interesado, posee otros bienes a excepción de la residencia habitual, y de poseerlos, acreditación del valor de los mismos; así como una declaración responsable del interesado de no percibir la prestación económica por ancianidad, procedente del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, y de no tener ningún seguro médico.

Asimismo, los solicitantes deben presentar un informe socioeconómico de la Entidad Canaria en el Exterior más próxima al lugar de residencia del solicitante, en aquellos lugares en que exista. Solamente cuando no exista una entidad próxima a su domicilio, la solicitud podrá ser avalada por la Delegación del Gobierno de Canarias en Caracas.

Las solicitudes, junto con la documentación requerida, se dirigirán al viceconsejero de Acción Exterior, y podrán presentarse en el registro de la Viceconsejería de Acción Exterior, así como en los demás lugares previstos en la legislación del procedimiento administrativo común. Además, podrán presentarse a través de la entidad canaria en el exterior más próxima al lugar de residencia del solicitante, la cual, dentro del plazo previsto para la presentación de solicitudes, deberá remitirlas a la Viceconsejería de Acción Exterior, o a la Delegación del Gobierno de Canarias en Caracas.

Si la solicitud no reuniera los datos de identificación del solicitante, o le faltasen documentos de los exigidos para formalizar la misma, se requerirá al solicitante para que subsane dicha falta en el plazo de diez días, contados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del requerimiento, con expreso apercibimiento de que de no hacerlo así, se le tendrá por desistido de su petición.

La selección de los beneficiarios de la prestación se realizará atendiendo a la situación socioeconómica de cada solicitante, que vendrá determinada por su edad, su grado de enfermedad y la renta de la unidad económica de convivencia.

Se entenderán integrados en la unidad económica de convivencia, el solicitante, y todas aquellas otras personas con las que conviva y que se encuentren unidas al mismo por matrimonio o lazos de parentesco por consaguinidad o afinidad hasta el segundo grado. La pareja de hecho del solicitante será considerada como miembro de la unidad económica de convivencia.

La resolución de la convocatoria tendrá como fecha límite el día 30 de abril de 2016 y contendrá la decisión sobre la concesión o no de la prestación sanitaria.

Las prestaciones sanitarias objeto de la presente convocatoria comenzarán a producir efectos a partir del 1 de mayo de 2016 y finalizarán el 31 de diciembre de 2016. No obstante, en el caso de que se prorrogue el convenio entre la Presidencia del Gobierno de Canarias y la Fundación España Salud y no se haya resuelto la convocatoria efectuada al efecto para 2017, se entenderá que se prorrogan estas prestaciones hasta la resolución de dicha convocatoria.

Esta convocatoria generará una lista de reserva, en orden de puntos decreciente, que se usará en caso de baja de uno de los beneficiarios por fallecimiento, renuncia de algún beneficiario antes de que finalice el ejercicio presupuestario o por incumplimiento de las condiciones establecidas, siempre que el usuario que cause baja no haya hecho uso todavía de los servicios de la Fundación España Salud.