EL GOBIERNO CANARIO DESTINA PARA ESTE FIN UN TOTAL DE 90.000 EUROS

Convocadas ayudas para colaborar con los gastos generales de la entidades canarias del exterior

El Boletín Oficial de Canarias (BOC) ha publicado este viernes, día 8, la concesión de ayudas por valor de 90.000 euros para colaborar con los gastos generales de funcionamiento de las entidades canarias en el exterior para el año 2015.

Convocadas ayudas para colaborar con los gastos generales de la entidades canarias del exterior

El Boletín Oficial de Canarias (BOC) ha publicado este viernes, día 8, la concesión de ayudas por valor de 90.000 euros para colaborar con los gastos generales de funcionamiento de las entidades canarias en el exterior para el año 2015.

De esta convocatoria de ayudas, cuyo plazo para presentar las solicitudes es de 21 días naturales a contar a partir del día siguiente a la publicación en el BOC, queda excluida la Asociación Canaria Leonor Pérez Cabrera, entidad canaria con sede en Cuba, y para la cual los presupuestos de este año ya recogen la concesión de una subvención para esta entidad.

Serán gastos subvencionables los gastos generales de funcionamiento que resulten necesarios y cuyo pago se haya realizado con anterioridad al 30 de noviembre, fecha que finaliza el periodo de justificación de los gastos. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.

El plazo de ejecución de las actividades objeto de subvención será el comprendido entre el 1 de diciembre de 2014 y el 15 de noviembre de 2015.

Para poder acceder a esta subvención es necesario que la entidad esté inscrita en el Registro de Entidades Canarias en el Exterior; que no tenga pendientes de justificar subvenciones anteriores concedidas por el Comisionado o el viceconsejero de Acción Exterior, siempre que haya concluido el plazo concedido para la justificación; que no tenga pendiente de reintegro subvenciones concedidas con anterioridad por cualquier órgano de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias o de sus Entidades de Derecho Público vinculadas o dependientes, siempre que la resolución de reintegro sea firme en vía administrativa; y carecer de recursos económicos suficientes para hacer frente a los gastos generales de funcionamiento que genera el ejercicio de su actividad.

Las solicitudes, junto con la documentación requerida, se dirigirán al viceconsejero de Acción Exterior y se presentarán en los Registros de la Viceconsejería de Acción Exterior (Avenida José Manuel Guimerá, nº 10, Edificio de Usos Múltiples II, segunda planta, de Santa Cruz de Tenerife, 38071), o en cualquiera de las dependencias o formas previstas en la Ley de procedimientos administrativos.

Las solicitudes presentadas se examinarán por una Comisión Técnica de Valoración, cuyo presidente será el jefe de Servicio de Asuntos Generales y Asistencia Exterior, adscrito a la Viceconsejería de Acción Exterior, y sus vocales, dos miembros de entre el personal adscrito al Servicio de Asuntos Generales y Asistencia Exterior, que tengan asignadas las funciones de tramitación de los expedientes en materia de Entidades Canarias en el Exterior.

El límite máximo de cada una de las subvenciones a conceder será de 3.000 euros. Por tanto, dicha cantidad será la máxima que se podrá solicitar por cada entidad peticionaria.

En cualquier caso, las entidades beneficiarias de las subvenciones que se otorguen deberán de justificar no solo el importe de la subvención concedida sino el coste total de la actividad subvencionable, de conformidad con el presupuesto presentado en la solicitud.

La resolución de la convocatoria se llevará a cabo antes del 30 de octubre y se publicará en el BOC. Vencido el plazo de resolución sin que esta se dicte, se entenderá desestimada la solicitud.