Se modifican también las bases reguladores de los programas de socialización y Añoranza

Los solicitantes de ‘Raíces’ deberán acreditar su vinculación con Asturias a través de la vecindad administrativa

Los asturianos en el exterior seleccionados para participar en el programa ‘Raíces’, es decir, aquellos descendientes de emigrantes asturianos hasta el tercer grado de consanguinidad, deberán acreditar su vinculación con el Principado no sólo a través del parentesco, sino también a través de la vecindad administrativa en la región.

Los solicitantes de ‘Raíces’ deberán acreditar su vinculación con Asturias a través de la vecindad administrativa

Los asturianos en el exterior seleccionados para participar en el programa ‘Raíces’, es decir, aquellos descendientes de emigrantes asturianos hasta el tercer grado de consanguinidad, deberán acreditar su vinculación con el Principado no sólo a través del parentesco, sino también a través de la vecindad administrativa en la región. Es por eso que deberán estar vinculados con cualquier municipio asturiano en el Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero (PERE). Así se recoge en la Resolución de la Consejería de Presidencia del pasado 17 de febrero por la que se aprueba la modificación de las bases que regulan las convocatorias anuales del mencionado programa y que se recogen en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) del jueves 26 de febrero.

Asimismo, en la modificación se define con más precisión el objeto de las ayudas, se da prioridad a las solicitudes de las personas con mayor edad, en caso de empate, y se crea una lista de espera.

El programa ‘Raíces’ pretende facilitar el reencuentro de descendientes de personas emigrantes asturianas, con la sociedad del Principado de Asturias, posibilitando un mayor conocimiento de la vida social, cultural, empresarial e institucional de la Comunidad Autónoma.

A través de estas subvenciones, que tienen la naturaleza de ayudas en especie, se financiarán los pasajes de traslado a Asturias y de regreso a los respectivos países de residencia, transporte, manutención, organización de actividades y excursiones que favorezcan el conocimiento de Asturias, servicio de guía, seguros y, todos aquellos Asturias, servicio de guía, seguros y, todos aquellos otros que pudieran derivarse de la participación en el Programa.

Las fechas en las que se realicen los viajes de ida y vuelta se fijarán en la correspondiente convocatoria, así como el número de plazas. Si alguna persona beneficiaria prolongara la estancia en Asturias más allá de la duración fijada, la Administración del Principado de Asturias no asumirá ninguna responsabilidad ni los costes durante dicho período.

Subvenciones para programas de socialización

La Consejería de Presidencia también acordó modificar las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades asturianas o españolas sin ánimo de lucro para la realización de programas de socialización a personas emigrantes mayores asturianas.

La modificación contempla que el procedimiento de concesión de subvenciones se tramitará mediante convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva.

Valoradas las distintas solicitudes, se establecerá un orden de prelación, de mayor a menor, entre las diferentes propuestas, de conformidad con la puntuación que hayan obtenido, previa aplicación de los criterios de valoración.

Siguiendo el orden de prelación, la subvención se concederá a la entidad solicitante que haya obtenido la mayor puntuación. En todo caso, la ayuda no podrá superar la cuantía solicitada por la misma, ni el crédito presupuestario disponible.

Modificaciones en el Programa Añoranza-Asturias

Otra resolución del 19 de febrero pasado acuerda modificar las bases del Programa Añoranza-Asturias, para que en el supuesto de que alguna de las personas seleccionadas, no pueda finalmente participar en el mismo, su lugar sea ocupado por otros solicitantes que cumplan con los requisitos fijados tanto en las bases como en la convocatoria y, que por no rebasar la cuantía máxima del crédito autorizado fijado en la convocatoria, no pudieron ser seleccionados.

De esta manera, en el supuesto de que existieran personas solicitantes que, cumpliendo con los requisitos exigidos tanto en las presentes bases, como en la convocatoria del Programa, no hubiesen sido seleccionadas por falta de cobertura presupuestaria, la Resolución de adjudicación incluirá una relación de las mismas, en orden de puntuación decreciente, dando lugar a la creación de una lista de reserva.