Para emigrantes residentes en países de América Latina

El BOPA publicó las bases reguladoras de la concesión de ayudas individuales para asturianos en el exterior

El Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) aprobó este lunes, día 12, la resolución de la Consejería de Presidencia por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas individuales para los asturianos y sus descendientes en el exterior.

El BOPA publicó las bases reguladoras de la concesión de ayudas individuales para asturianos en el exterior

El Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) aprobó este lunes, día 12, la resolución de la Consejería de Presidencia por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas individuales para los asturianos y sus descendientes en el exterior.

Estas ayudas individuales de carácter asistencial y social están destinadas a asturianos y sus descendientes hasta el primer grado de consanguinidad, que residan en América Latina –América Central, América del Sur, México y Antillas mayores– y que se encuentren en situación de necesidad por carecer de rentas o ingresos necesarios para cubrir sus necesidades básicas de subsistencia, de acuerdo a la realidad socioeconómica de su país de residencia.

Se establecen dos líneas de ayudas: una para mayores de 65 años y otra para emigrantes de entre 18 y 64 años que sean víctimas de violencia de género, tengan invalidez permanente o enfermedad grave incapacitante para el desarrollo de la vida laboral.

Para acceder a la segunda línea de ayudas, los solicitantes deberán tener reconocido, a través de un informe emitido por la Administración Pública, Organismo Público u organización legalmente constituida, ser víctimas de violencia de género o tener reconocida la invalidez permanente o enfermedad grave incapacitante por el Sistema Público del país correspondiente o acreditarlo mediante certificado médico.

En ambos casos, además de carecer de recursos económicos, los beneficiarios deberán llevar en la emigración y ostentar la nacionalidad española durante, como mínimo, diez años consecutivos, los cuales han de ser inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria y estar inscritos en el Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero (PERE) de Asturias.

La cuantía de las ayudas se establecerá en función del país de residencia de las personas solicitantes. A tales efectos en las respectivas convocatorias se asignará una cuantía máxima por país y persona beneficiaria.