En una nueva Orden publicada en el BOJA el viernes 12 de enero

Presidencia modifica algunos apartados de la Orden de ayudas a comunidades andaluzas en el exterior

La Consejería de Presidencia ha emitido una Orden, con fecha de 12 de enero de 2015, que modifica la Orden de 16 de julio de 2014, por la que se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2014 para la concesión de subvenciones a las Comunidades Andaluzas, destinadas a actividades de promoción cultural, de orientación a la población andaluza en el exterior así como para el mantenimiento de dichas entidades.

Presidencia modifica algunos apartados de la Orden de ayudas a comunidades andaluzas en el exterior

La Consejería de Presidencia ha emitido una Orden, con fecha de 12 de enero de 2015, que modifica la Orden de 16 de julio de 2014, por la que se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2014 para la concesión de subvenciones a las Comunidades Andaluzas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a actividades de promoción cultural, de orientación a la población andaluza en el exterior así como para el mantenimiento de dichas entidades.

Presidencia explica que “con la finalidad de atender el interés general y dar cumplimiento a los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, resulta necesario modificar la citada convocatoria. Dicha modificación conllevará la posibilidad de imputar a créditos del 2015 aquellas subvenciones que no pudieran ser atendidas con créditos del ejercicio corriente. Esta modificación viene motivada por la necesidad de adecuarse a los principios de estabilidad financiera y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos, que establece la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera”.

La nueva Orden, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) el viernes 16 de enero, modifica un párrafo del artículo 1 apartado 1 de la Orden de 16 de julio de 2014 (BOJA núm. 145, de 28 de julio de 2014). El penúltimo párrafo de ese artículo queda ahora de la siguiente manera: “Las subvenciones para las comunidades andaluzas asentadas fuera de Andalucía, en virtud de la presente Orden, se financiarán, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias existentes, con cargo a la aplicación presupuestaria correspondiente a esta finalidad consignada en el ejercicio 2015”.

La nueva Orden dispone una segunda modificación: “El plazo a que se refiere el apartado 16 de los cuadros resumen para las distintas líneas de ayuda, de la Orden de 15 de julio de 2014, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las Comunidades Andaluzas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a actividades de promoción cultural, de orientación a la población andaluza en el exterior así como para el mantenimiento de dichas entidades, se amplía en dos meses”.

La nueva Orden, firmada por el consejero de Presidencia, Manuel Jiménez Barrios, entró en vigor al día siguiente de su publicación en el BOJA.